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martes, 5 de enero de 2010

Decreto 2996/09 de la Provincia de Tierra del Fuego sobre casamiento Freyre - Di Bello (Boletín oficial de la Prov. de TDF del 4 de enero de 2010)

DECRETO Nº 2996 28-12-09

VISTO el expediente Nº 16536-SG/ 09 del registro de esta Gobernación; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita el Recurso Jerárquico contra lo resuelto por la Dirección Provincial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personal de la ciudad de Ushuaia, presentado por los señores Alejandro Daniel Freyre y José María Di Bello.
Que existe sentencia judicial firme que declara la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil de la Nación para garantizar la celebración del pretendido matrimonio entre los recurrentes.
Que se ha acreditado debidamente la constancia del domicilio del señor José María Di Bello en la ciudad de Ushuaia.

Que sobre la base de la sentencia y de la acreditación del domicilio precitadas, los recurrentes solicitaron turno para contraer matrimonio ante la Dirección Provincial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personal de la ciudad de Ushuaia, el cual fue denegado.
Que corresponde avocarse al requerimiento por imperio de la normativa vigente en materia de derechos humanos garantizando el derecho a la igualdad de los recurrentes y teniendo presente la declaración judicial de inconstitucionalidad arriba indicada en el caso concreto.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado intervención emitiendo el Dictamen S.L. y T. Nº 540/09, por el que se aconseja hacer lugar al recurso interpuesto.
Que la suscripta comparte el criterio sustentado en dicho dictamen y se encuentra facultada para emitir el presente acto en virtud de lo dispuesto en los artículos 133 y 134 de la Ley Provincial Nº 141; el artículo 2 de la Ley Nacional Nº 26.413; y el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
LAGOBERNADORADE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO,ANTARTIDAE ISLAS DELATLANTICO SUR D E C R ETA:
ARTICULO 1º- Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por los argumentos valorados en los considerandos precedentes y en el Dictamen S.L.y T. Nº 540/09.
ARTICULO 2º- Ordenar a la Dirección Provincial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas brindar turno y celebrar el matrimonio de los recurrentes Alejandro Daniel Freyre, D.N.I. Nº 21.482.131, y José María Di Bello, D.N.I. Nº 20.521.423, habilitando para ello días y horas inhábiles, en cumplimiento de lo precedentemente expuesto.
ARTICULO 3º- Establecer que el criterio indicado en el presente acto sólo podrá tener efectos favorables a los recurrentes.
ARTICULO 4º- Comunicar, notificar a los interesados, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
RIOS
Sergio D.ALVAREZ

Versión taquigráfica, tratamiento en diputados sobre matrimonio entre personas del mismo sexo, 5 de noviembre de 2009.

En Buenos Aires, a los cinco días del mes de noviembre de 2009, a la hora 10 y 48:

Sra. Presidenta (Ibarra).- Damos comienzo a la reunión plenaria conjunta de las comisiones de Legislación General y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, que será presidida por quien habla –soy presidenta de la Comisión de Legislación General- y por la señora diputada Juliana Di Tullio, presidenta de la Comisión de Familia.
Hoy continuamos con el tratamiento de los dos proyectos por medio de los cuales se habilita el matrimonio entre personas de igual sexo en las mismas condiciones que para las personas de distinto sexo. Una de esas iniciativas es de la señora diputada Silvia Augsburger –quien se encuentra presente en esta sala e integra una de las dos comisiones-, y otra es de mi autoría.
Hay muchas personas aquí. Hablamos con la señora diputada Di Tullio acerca de que estamos discutiendo temas muy sensibles para nuestra sociedad. Efectivamente, hay distintas posturas y queremos escuchar todas las voces en un marco de mucho respeto, dignidad y cuidado entre todos los presentes, motivo por el cual específicamente quiero dejar en claro las reglas para el día de hoy.
En primer lugar harán uso de la palabra todos los invitados en el modo acordado por las presidentas de ambas comisiones, y posteriormente abriremos una ronda de preguntas.
Quiero aclarar que hay muchos expositores, algunos de los cuales tienen una posición a favor de los proyectos y otros en contra. Por ello solicito que los gestos y las expresiones sean de mucho respeto para poder discutir con la altura y el cuidado que merece este tema vinculado a la dignidad de las personas.
Aunque tengamos distintas miradas y opiniones en uno u otro sentido, reitero que solicito que todos seamos capaces de llevar esta discusión en un marco de mucho respeto.
Asimismo quiero señalar que agradecemos la presencia del periodismo, de los dirigentes políticos y de las distintas asociaciones, movimientos sociales y demás.
Siendo muchos los presentes y los invitados a exponer, solicito que hagan uso de la palabra por un término cercano a los diez minutos, porque si no será materialmente imposible que todos puedan expresarse hoy.
Comenzando con las exposiciones, tiene la palabra la doctora María José Lubertino, titular del INADI.

Sra. Lubertino.- Soy María José Lubertino, presidenta del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo. También soy profesora de la materia Derechos Humanos en la Facultad de Derecho de la UBA.
En esta oportunidad me encuentro presente en mi carácter de presidenta del INADI, pero quiero comentar que algunas de mis consideraciones están fundadas en un trabajo de investigación acerca de los derechos de la familia y de los derechos humanos que nos llevó años de investigación.
En principio quiero agradecer a las presidentas de ambas comisiones por la decisión de considerar estos proyectos de ley en este plenario. Asimismo solicito que el proyecto de ley elaborado por el INADI, que hace más de un año ingresó a Mesa de Entradas de las Cámaras de Diputados y de Senadores como un proyecto particular, para luego ser elevado a la consideración del Poder Ejecutivo, sea anexado al estudio que las comisiones están llevando a cabo en el mismo sentido.
Estoy presente en esta reunión en cumplimiento de la ley antidiscriminatoria y en cumplimiento del Plan Nacional contra la Discriminación que fuera aprobado por decreto del presidente Néstor Kirchner en el año 2006.
El Plan Nacional contra la Discriminación fue elaborado a partir un debate especial realizado en todas las provincias durante dos años. Dicho plan actúa ejecutando y dando indicaciones de políticas públicas al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo. Además trata de diseñar un consenso de Estado, al cual ya han adherido veintiún provincias en materia de no discriminación.
Al respecto quiero comentarles que en dicho plan hay un acápite específico vinculado a la no discriminación por diversidad sexual. En uno de sus puntos está contemplada específicamente la necesidad de modificar la normativa vigente para lograr la equiparación de derechos de las personas gays, lesbianas, travestis y transexuales, en particular en lo relativo a los derechos de familia y a que las personas que conviven tengan los mismos derechos que las parejas heterosexuales.
Si bien en el plan no se define la denominación que debe tener esta equiparación, durante nuestra gestión el INADI ha trabajado con expertos, equipos y comisiones en la elaboración de un proyecto de ley que tiene el mismo sentido que el elaborado por la señora diputada Augsburger y otros, y por los señores diputados Ibarra y Basteiro, porque creemos que todas personas tienen los mismos derechos a tener una familia, y esto incluye el derecho a tener una familia matrimonial.
No es que la única forma de familia necesariamente deba incluir una pareja matrimonial, pero sí creemos que ninguna persona ni ninguna pareja puede estar vedada a esta opción de constitución de forma familiar. El matrimonio es una de las formas más protectoras y a su vez exigentes en cuanto a responsabilidad de sus miembros. A pesar de que la reforma de 1987 admite el divorcio –no hay ninguna forma familiar irreversible ¬ podemos afirmar que el matrimonio es una forma exigente y rígida de formalización de una pareja, porque las personas se avienen por razones de afecto y de compromiso a poner en común todos sus bienes y también a formalizar una serie de responsabilidades que tendrán que ver con su protección recíproca a lo largo de ese matrimonio e incluso después.
Por eso nos parece que es importante trabajar en una hipótesis de equiparación plena. Entendemos que no puede haber persona –no importa cuál sea la característica que se tome para el recorte de colectivo de persona que esté excluida de esta forma familiar, protectiva, que es la forma del matrimonio.
Podemos ampliar la información –y se la vamos a dejar a las presidentas de las comisiones sobre los casos de discriminación que hemos recibido en estos años. Traje aquí nada más que una síntesis de los ochenta y cuatro casos de 2008 y de los ochenta y siete que llevamos en el año 2009. La mayoría de los ellos han sido resueltos por resolución rápida de los conflictos y otros llegaron a ser formalizados como denuncia.
Muchos de estos casos tienen que ver con esta barrera legal que impide que las personas gays, lesbianas, travestis o tansexuales, por el solo hecho de tener una orientación sexual distinta no puedan acceder a este reconocimiento legal de sus parejas, de sus familias y de sus matrimonios de hecho.
Es así que hemos recorrido una serie de casos que tienen que ver con las restricciones a la seguridad social, con las restricciones en las obras sociales o prepagas, con las restricciones en el derecho migratorio de personas que se habían casado en el extranjero donde hay un derecho al matrimonio válido para personas del mismo género pero que luego en la Argentina no se reconocían esos derechos. También estaba el caso de personas convivientes, siendo una argentina y otra extranjera, que no podían acceder a los mismos derechos que las parejas o las uniones de hecho de personas de diferente sexo.
También se ha dado una serie de violaciones que tiene que ver no sólo con la ciudadanía sino con el status migratorio, con derechos laborales, licencias en el ámbito laboral, etcétera. En muchos de esos casos hemos logrado éxito judicial y en otros casos hemos logrado cambios de criterio por parte de los organismos o de las empresas. Hemos logrado que se den licencias por igualdad de condiciones tanto cuando es un matrimonio heterosexual como un matrimonio de hecho gay. Hemos logrado por parte de la ANSES la equiparación de derechos, el reconocimiento jubilatorio a las parejas que habían hecho aportes durante años y su única característica es que eran dos personas del mismo sexo. Se les estaba conculcando un derecho a la seguridad social en igualdad de condiciones con las personas heterosexuales.
Por lo tanto, podemos decir que hoy por vía de la acción del INADI, por vía de la jurisprudencia y por vía de los cambios de criterio, vamos logrando que todos los organismos públicos y las empresas privadas reconozcan que no hay diferencia de derecho entre estos matrimonios de hecho y los matrimonios legalmente constituidos.
Sin embargo, no se puede estar haciendo uso de los recursos del Estado y de los recursos judiciales para presentar cada caso ante el INADI. Y digo esto porque el INADI explota de casos de discriminación y realmente tendríamos que estar abocados a los casos en los que efectivamente se produce algún hecho anómalo, algo impensado. Pero ocurre que tenemos una masa crítica de casos y sabemos que sistemáticamente se dan estas situaciones, aunque lo correcto sería modificar la norma que bloquea la aplicación legal de este reconocimiento en todos los casos para no tener que llevar a juicio a cada uno en forma individual para su respectiva equiparación.
Por este motivo plantearía que no estamos simplemente frente a una cuestión de justicia, equidad y respeto a la libertad de las personas, sino a un hecho práctico de políticas públicas ocasionando un gasto judicial permanente o haciendo ejercicio del poder del Estado para atender problemas que tendrían que estar resueltos desde un inicio en virtud del reconocimiento de los derechos humanos de las personas involucradas.
Siendo que tenemos poco tiempo para exponer, en otro orden de cosas quiero decir que para nosotros, integrantes del organismo encargado de la no discriminación, es sustantivo el tema de la denominación. No nos resulta razonable que si estamos hablando de equiparación de derechos y dignidad de personas se empleen denominaciones distintas para las mismas figuras jurídicas.
Nosotros queremos y creemos que es imprescindible tener los mismos derechos con los mismos nombres. A nadie se le ocurriría en el siglo XXI que un matrimonio entre judíos, afroamericanos o personas con discapacidad sea denominado en forma diferente por la particularidad equis que ellas tienen. Al contrario, si lo hiciéramos apareceríamos en todos los diarios del mundo por cometer una violación a los derechos humanos.
Además de la equiparación de derechos relativos a la propiedad conyugal, la adopción, la herencia y los filiatorios, la clave de esta discusión es que tenemos la oportunidad de dar un mensaje de igualdad real en dignidad a la sociedad en su conjunto. Me refiero a la sociedad que discrimina a las personas gays, lesbianas, travestis y trans; ellas son víctimas de esta permanente discriminación. Y la igualdad real en dignidad puede lograrse si todas las personas, todas las parejas y todas las familias no importa la religión ni la orientación sexual ni la característica que fuera tienen derecho a que esta misma protección del Estado se otorgue a esta forma matrimonial particular.
Porque sabemos el valor de la familia, queremos que todos sus miembros tengan la misma protección del Estado. Porque realmente defendemos la familia, la dignidad, la libertad y la igualdad, creemos que este Parlamento tiene la oportunidad histórica de avanzar y dar un paso trascendente en esta etapa de la Argentina en la que se están produciendo tantas transformaciones estructurales. Creo que esta es una deuda de la democracia y éste es el momento como lo hicimos en el 87, cuando se reconoció el divorcio y se equipararon los hijos matrimoniales con los extramatrimoniales de que las Cámaras de Diputados y de Senadores tengan la oportunidad histórica de entrar en la vida cotidiana de las personas. Ello puede lograrse demostrando que nos preocupamos por las personas que hoy son discriminadas por el solo hecho de tener una orientación sexual distinta como por todas las demás.
Queremos a todas las familias y queremos que los chicos no sean estigmatizados cuando van a la escuela por ser hijos de una pareja gay.
Para que los traten igual, es imprescindible este cambio legal con los mismos nombres a los mismos derechos. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el señor César Cigliutti, presidente de la Comunidad Homosexual Argentina.

Sr. Cigliutti.- Voy a reivindicar lo que dijo al comienzo la señora diputada Vilma Ibarra, porque si de algo se trata lo que estamos considerando ahora, es de respeto, y voy a hablar como un activista.
Señoras diputadas y señores diputados, compañeros y compañeras: quisiera traer a la memoria en esta comisión parlamentaria al Frente de Liberación Homosexual Argentino al FDH , un grupo de gays y lesbianas –llegaron a ser casi trescientos- que en la década del 70 irrumpieron en la escena pública para rebatir el sentido común de esa época. Prejuicios dominantes, crueldades, críticas y exilio social se hacía de nosotros y nosotras, gays, lesbianas, travestis, transexuales y trasexuales. En el mejor de los casos, pecadores sujetos al confesionario; en el peor, pacientes psiquiátricos en los que se perpetuaba el hábito siniestro de la lobotomía.
Muchos actores políticos de la época nos proponían la cura reeducadora en vaya a saber qué unidades especializadas de encierro.
Ser maricón era síntoma de la alienación burguesa. Pero los del Frente de Liberación Homosexual no se consideraban burgueses alienados. Por el contrario, creían en la liberación, pero en toda forma de liberación, incluso la de la sexualidad, una libertad en la que los argentinos no creían o en la que no se interesaban todavía.
Aquellos activistas –digamos, nuestros precursores- salieron a disputar la calle. Discutieron contra el sentido común, que es donde se expresa la hegemonía; exigieron la derogación de los edictos policiales, y se hicieron ver en Ezeiza y en Plaza de Mayo con consignas audaces y desafiando la inquietud de quienes los rodeaban, que no querían ser compañeros en la manifestación.
Muchas veces, alrededor de nuestros activistas se armaba un vacío, una especie de cordón sanitario. Había que hacer entender a los otros que reclamábamos un lugar justo, que teníamos tanto derecho como ellos a ser libres e iguales.
Entramos por la ventana a los años 70, pero por primera vez habíamos dado el paso fuera del confesionario o el diván, y por fin se nos veía y se nos oía.
La dictadura –ya se imaginarán- borró todo lo que pudo. Lo que no pudo exterminar se mantuvo a la espera, resistiendo del modo que encontraba: debates clandestinos, sexo clandestino.
La utopía del genocida es un mundo uniforme reducido a la medida de sus fobias, que implica en última instancia la desaparición de todo lo humano. Pero así como debajo de esa utopía monstruosa sobrevivió el ideal de igualdad, sobrevivimos nosotros y nosotras, gays, lesbianas, travestis, transexuales y trasexuales, y sobrevivió también el sueño de liberación.
Cuando en 1984 se fundó la Comunidad Homosexual Argentina con el liderazgo de Carlos Jáuregui, se entendió que la lucha necesitaba de una identidad estratégica con una cara y un apellido. Carlos fue esa cara y ese apellido, sin duda esplendorosos. Y si no, pregunten a la viejita que en un colectivo lo insultó luego de reconocerlo por haberlo visto en la tapa de la revista “Siete días”.
Aquello que durante los años anteriores había sido visto como una nueva militancia urbana difuminada en manifestaciones que la contenían pero que no la expresaban del todo, buscaba una identidad propia, una visibilidad para construirse como sujetos de derechos humanos y civiles.
La nueva admisibilidad pública y mediática de la CHA, la obtención de su personería jurídica, favoreció que en el interior del país y en todo el resto se fueran conformando nuevos grupos de activistas. El actual reclamo en las provincias por la derogación de los códigos de faltas o por la inclusión de la figura de unión civil deriva de la expansión de esta visibilidad y de aquel primer reconocimiento jurídico. Y ahora, en esta reunión, estamos tratando la modificación de la ley de matrimonio.
La votación a favor de la unión civil en Buenos Aires en 2002, la primera ley de este tipo en América latina, fue producto de aquella lucha por el reconocimiento.
Para lograr el consenso entre las organizaciones de la sociedad civil pusimos nuestra cara durante décadas, dimos testimonio de la injuria y de la discriminación. Además nosotros y nosotras hicimos públicas a nuestras familias y el afecto y la lealtad de nuestras parejas.
La paradoja es que mientras existe una figura que reconoce nuestras uniones familiares, sobreviven en la vida política, sin convertirse todavía en ruina, muchas tradiciones de la homofobia.
Son demasiadas las provincias que mantienen códigos de faltas destinados a nuestra persecución. Todavía no se aprobó una ley antidiscriminatoria que contemple la “homolesbotransfobia”.
Asimismo quiero decir que se nos prohíbe donar sangre por el solo hecho de nuestra orientación sexual. Estas son paradojas que necesitan convertirse pronto en una memoria penosa. Por eso es necesario recordar esta situación en esta sala y ser así consecuentes con la exigencia de una justicia sin fisuras.
Tenemos que reconocer a políticas como Vilma Ibarra y Silvia Augsburger, quienes históricamente supieron trabajar por nuestras reivindicaciones. En virtud de ello hoy estamos debatiendo en comisión la reforma al Código Civil para que podamos acceder al acta de matrimonio.
También está dirigido nuestro reconocimiento a activistas de la CHA, al trabajo de la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans, y a Pedro Serolo, quien vino de España a acompañarnos. Ellos insistieron en un camino muy útil que se va revelando.
Más allá de que puedan coexistir reclamos como el matrimonio y la unión civil, y que por tanto unos o unas puedan elegir de acuerdo con sus objetivos o ideologías tal o cual figura a la hora de legalizar sus parejas, la CHA apoya y hace propios ambos reclamos. De todos modos, lo cierto es que urge terminar con la desigualdad jurídica, que es una indecencia que subsiste.
Cuando en España fue votada la ampliación del derecho al matrimonio basándose en el principio de igualdad jurídica, el presidente del gobierno español, Rodríguez Zapatero afirmó: “España hoy es un país más presente pues no discrimina a sus ciudadanos.” Hagamos propia esa afirmación.
Digo esto porque no es decente que el Estado no nos autorice a través del Congreso a contar con una pensión por fallecimiento de nuestras parejas. Al respecto hoy existe un decreto que no tiene apoyatura parlamentaria. No es decente que aquellos bienes que puedan dejar nuestras parejas pasen a menudo a manos de quienes los expulsaron de sus casas. No es decente que el Estado deba preguntar a una pareja a nombre de quién de los dos debe anotar a un hijo o a un niño adoptado porque no se permite la coadopción,
y así amenazar a un hijo a quedar desamparado si el padre o la madre adoptiva muere, o destinarlo a la indignidad de ser el hijo clandestino de dos padres o de dos madres.
Señores diputados y señoras diputadas: al no haber ley no hay defensa. Por eso desde la CHA celebramos que el Poder Legislativo busque reconocernos hoy como sujeto de derecho pleno y que se haya decidido a debatir por primera vez en este lugar. Es un triunfo de nuestras organizaciones que fueron allanando el camino de diputadas como Vilma Ibarra y Silvia Augsburger, y va de nuevo nuestro reconocimiento a ellas. Alentamos a que otros diputados y diputadas se sumen a su valentía y a la expresión de sus deseos.
Hoy sentimos que se recupera la consigna de los activistas del Frente de Liberación Homosexual en Plaza de Mayo escrita en un cartel que decía: “Vivir y amar libremente en un país liberado”. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Le vamos a dar la palabra a Antonio Poveda, presidente de la Federación Española de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, vocal del Consejo Estatal de ONGs y vocal del Consejo Estatal de Familias de España, que ha viajado especialmente para participar en esta reunión y compartir la experiencia de España.

Sr. Poveda.- En primer lugar quería agradecer a este Parlamento por haber brindado la oportunidad de estar aquí a la Federación Española de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales. Para nosotros es un verdadero honor estar del lado de un pueblo querido y del GLTB, al que siempre hemos tenido muy presente en nuestra lucha.
En nuestro país ya se amplió la ley de matrimonio para incluir a las personas del mismo sexo. Hemos alcanzado en poco más de diez años reivindicaciones que parecían inalcanzables e incluso utopías tan solo con la poderosa arma de la palabra y el discurso que ha sabido convencer a una mayoría social, política y parlamentaria de acabar con una serie de discriminaciones de siglos basada en el prejuicio y el estigma hacia una serie de hombres y mujeres por su orientación sexual o identidad de género.
Lo que parece revolucionario ha conseguido integrarse de tal manera en el marco constitucional existente que pronto parecerá que ha debido estar ahí.
¿Por qué el matrimonio? Muy sencillo, porque es el único modo de otorgar plena igualdad. Se trata de una institución civil basada sencillamente en el amor entre dos personas, personas que se quieren, sean heterosexuales u homosexuales. Por tanto esta institución civil debe ser plenamente accesible para todos, de lo contrario, es sencillamente discriminante.
Manteníamos un Código Civil que discriminaba, que decía que el amor entre dos hombres o el amor entre dos mujeres no merecía el reconocimiento del Estado, que nos condenaba a ser ciudadanos y ciudadanas de segunda.
Entre las organizaciones de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales trabajamos en la lucha de libertades y derechos individuales. La persecución viene de lejos; la equiparación legal es obligada y obedece a la evolución habida en las estructuras sociales y familiares.
No sólo estamos abriendo las puertas del futuro, sino que estamos reconociendo un presente que es reconocido públicamente. Es una responsabilidad ofrecer y legislar aquello que la sociedad ya ha reconocido.
Como decía, en el año 2005 alcanzamos la ley de matrimonio, no la ley del matrimonio homosexual; es una ampliación por la que se incorpora a las parejas del mismo sexo a la ley que ya existe. Se consiguió con una amplia mayoría parlamentaria, con una mayoría social en torno a un 65 por ciento de los ciudadanos y ciudadanas españoles que apoyaban esta ley. Es decir que ya en la Argentina hay más apoyo a esta ley, porque cuenta con un 70 por ciento, además de la valentía política aquí existente.
Muchos diputados y diputadas apoyaron la igualdad, porque estamos hablando de igualdad.
Ya se han celebrado 20 mil bodas entre parejas del mismo sexo. Me refiero a bodas sin apenas objeción de conciencia; solamente hubo tres casos en los cuales se ha pretendido objetar y no celebrar el matrimonio.
Por supuesto, los matrimonios se han celebrado con mucha alegría. Hemos conseguido dar felicidad a muchas parejas que consideraban que sus familias no eran igual que el resto. Hemos visto cómo pueblos enteros han salido a celebrar matrimonios de parejas.
Recuerdo el caso de dos señoras de setenta años que todo el mundo sabía que hacía cuarenta años se amaban, y todo el pueblo fue a celebrar la unión de estas dos personas.
Quiero comentarles que los datos indican que el número de personas que apoya el matrimonio homosexual fue aumentando una vez aprobada la ley en el Parlamento.
El periódico “ABC” en las últimas elecciones generales señalaba que más del 70 por ciento de la ciudadanía apoya que no se cambie ni una coma de la actual ley del matrimonio.
Al contrario de lo que se ha dicho, no pretendemos imponer un modelo de familia. La realidad es plural; existe esa pluralidad familiar.
Cuando en el Parlamento de Madrid se estaba debatiendo la ley de matrimonio el lema de los convocantes que estaban en contra de la norma era “Mi familia sí importa”. Nosotros dos semanas después salimos a manifestarnos con una pancarta que decía “Todas las familias importan”.
El Estado tiene la obligación de regular todos los modelos familiares. La familia tradicional no está en peligro. Aunque hubo predicciones apocalípticas que decían que la familia tradicional iba a desaparecer, en España hemos visto claramente que lo único que se hizo fue incorporar un modelo familiar que ya existía y que debía contar con el reconocimiento del Estado. En todo caso, cuando oímos eso pensamos “¡qué ironía de la vida!” Las únicas familias en peligro son las nuestras cuando intentan que no tengamos los mismos derechos, que nuestros hijos e hijas no tengan los mismos derechos. Me refiero a hijos e hijas que ya teníamos y a hijos e hijas que vamos a seguir teniendo.
Lamentablemente hablaban de los derechos de los niños y las niñas, y siempre hemos dicho que se trataba de todos los niños y las niñas, también de los nuestros, que a diferencia del resto sólo tenían la protección legal de uno de sus papás o de una de sus mamás.
Actualmente ya son siete los países del mundo que han aprobado el matrimonio con todos sus derechos: Holanda, Bélgica, Canadá, España, Sudáfrica, Noruega y Suecia. Y aunque no hayan reconocido el matrimonio, son más los países que reconocen la adopción en las parejas homoparentales.
La mayoría de estos casos se ha ganado en los Tribunales, porque es evidente que no pueden dejar a un niño o a una niña sin la protección de sus dos papás o de sus dos mamás.
Para nosotros el matrimonio es la plena igualdad. O somos plenamente iguales o se nos discrimina. Hacer leyes diferentes es hacer leyes apartheid. Queremos tener los mismos derechos.
Estamos hablando de la igualdad y de libertad. Y la Argentina tiene la oportunidad de sumarse a los países que ya han apostado para avanzar en la igualdad social; es una revolución que no tiene marcha atrás.
Por tanto, desde nuestro punto de vista la decisión que tomen hará más iguales a los ciudadanos y ciudadanas de la República Argentina y otorgará la posibilidad a hombres y mujeres de ejercer este derecho en igualdad de condiciones.
Además, esta modificación del Código Civil se convertirá en un potente instrumento de integración, de desagravio a esos sectores sociales que se han sentido marginados y perseguidos a lo largo de demasiado tiempo. (Aplausos prolongados.)
Sra. Presidenta (Ibarra).- Voy a mencionar a algunas personas que han expresado su apoyo a estos proyectos, entre quienes se encuentran legisladores de otras jurisdicciones.
En primer lugar quiero nombrar a la diputada por la ciudad de Buenos Aires –mandato cumplido- Vilma Ripoll, quien se encuentra presente. También se hizo presente el periodista Osvaldo Bazán.
Han enviado su adhesión por escrito con su firma los señores diputados de la ciudad de Buenos Aires Gabriela Cerruti, Eduardo Epsztein, Martín Hourest, Aníbal Ibarra, Gonzalo Ruanota, Raúl Puy, Gabriela Alegre, Diego Kravetz, Norberto Di Filippo, Diana Maffía y Patricia Walsh; y también lo han hecho los diputados electos por la ciudad de Buenos Aires María Elena Nadeo y Jorge Cardelli.
Asimismo presentaron su apoyo a estas propuestas Lía Méndez, del Partido Humanista; Daniel Martín, del Partido Comunista; Gastón Schiller, del CELS; el señor Burstein, de Familiares de AMIA; Amy Rice Cabrera, de HIJOS; Taty Almeida, de Madres de Plaza de Mayo; Eduardo López, de UTE-CTERA; “Tito” Nenna, secretario adjunto de CTERA y diputado electo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; el señor García Tuñón, legislador de Proyecto Sur; José Campagnoli, secretario general del Partido Encuentro por la Equidad; Renato Vanelli, de la Asociación de Abogados por la Justicia Social; Manuel Lisandro Quinteros, presidente de CEDYS-UBA; Vanina Uñates, consejera estudiantil en Derecho-UBA; Walter Palacios, del Consejo Superior de la UBA; Alcira Argumendo, diputada nacional electa; Mario Mazzitelli, secretario general del PSA en Proyecto Sur; Patrick Rice, ex sacerdote católico y profesor de Derechos Humanos de Inglaterra, y Hugo Cañón, del Partido por la Equidad.
Por su parte el Honorable Concejo Deliberante de Morón presentó una iniciativa por la que se solicita el pronto tratamiento de estos proyectos de ley.
También hemos recibido una carta del diputado nacional electo Martín Sabatella actual intendente de Morón apoyando estas iniciativas.
Del mismo modo se hizo llegar a las dos presidentas de las comisiones a la señora diputada Di Tullio y a quien les habla una nota por parte de Mario Pecheny y Carlos Fígaro. Ellos enviaron la adhesión y el compromiso intelectual y académico de diversas universidades, instituciones dedicadas a la investigación y asociaciones profesionales. La mencionada nota contiene una lista de 506 firmantes, que son académicos e investigadores en Ciencias Sociales; nosotros la hemos distribuido a todos los diputados y diputadas integrantes de ambas comisiones.
Cedo la palabra a la presidenta de la Comisión de Familia, señora diputada Di Tullio.

Sra. Di Tullio.- Vamos a dar la palabra a Carlos Vidal Taquini, abogado en Derecho y Ciencias Sociales de la UBA. Su tesis, titulada Régimen patrimonial matrimonial en el Derecho Civil Argentino, fue calificada con nota sobresaliente.
Fue recomendado al premio “Facultad”; recibió mención especial de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales en ocasión del discernimiento del premio “Conmemoración del centenario de la vigencia del Código Civil”.
Es profesor consultor titular de la Universidad de Buenos Aires, profesor titular revalidado de Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. También es profesor plenario de la Universidad de Belgrano y profesor titular ordinario de Derecho de Familia y Sucesiones de la Facultad de Derecho de la Universidad de Belgrano. Es miembro titular del Consejo Directivo de la Facultad de Derecho de la UBA, autor de diversos libros y de una cantidad de artículos publicados en los principales medios de expresión.
Dictó numerosos cursos de posgrado y conferencias en importantes centros científicos del país y del exterior y fue participante en innumerables congresos nacionales e internacionales.

Sra. Ibarra.- Quería agregar que también está presente la legisladora porteña –mandato cumplido- Claudia Jelicic, del Partido Socialista, y que ha enviado su apoyo expreso el diputado electo Pino Solanas.
También se encuentra presente Verónica Gómez, legisladora de la ciudad de Buenos Aires por el Partido Socialista.
Tiene la palabra el doctor Vidal Taquini.

Sr. Vidal Taquini.- Señora presidenta: agradezco la invitación cursada.
Por cierto es lindo estar en una reunión de estas características porque demuestra que estamos vivos; además porque afortunadamente desde 1983 el derecho de familia ha sido objeto de reformas fundamentales. Quizás nos queda hacer una sola que es de gran preocupación; me refiero precisamente al régimen patrimonial del matrimonio, que nos lleva a pensar que también éste es un tema total y absolutamente importante.
De todos modos, sí me parece que debemos partir de la base de que cuando estamos intentando otorgar derechos a quienes no los tienen, la técnica del legislador indudablemente debe buscar la mejor forma de llevar la teoría a la realidad, recoger esa realidad tal como es para no fallar en su postulación.
A mi modo de ver, y por cierto no siempre es así, muchas veces cuando se legisla se debe olvidar el concepto particular porque no se legisla para unos pocos, unos enfermos o unas minorías, sino que se legisla para todos. Entonces, cuando legislamos para todos debemos tratar de que todos quedemos sanos y no nos enfermemos.
Quiero decir que particularmente tampoco me gustan los remiendos desde el punto de vista de la técnica. Los remiendos a las leyes traen inconvenientes posteriores a quien debe interpretarla y a quien debe aplicarla. Por lo tanto, a veces es más útil o debiera ser un cuerpo propio para el instituto al cual nos estamos dedicando.
Tampoco me parece que las opiniones, y más en este tema, de alguna manera deban defenestrar a quien pueda opinar lo contrario. No me parece razonable que se trate directamente de homofóbicos o de reaccionarios a todos aquellos que puedan pensar con criterio propio e individual que el instituto del matrimonio no puede ser aplicado también a los homosexuales, porque esto no es así. Podemos no sentir que discriminamos, porque en definitiva creo que más que una equiparación lo que hay que lograr es darles derechos a aquellos que no los tienen; después veremos cuál es la forma más útil, más importante, pero sin menoscabar ni lastimar a otros, y eso es lo que me parece que debe lograrse en este momento.
Por cierto, ustedes pueden darse cuenta de la importancia del tema. Acá se enumeran algunos países que han modificado la ley de matrimonio, habilitando a personas de idéntico sexo a poder celebrarlo.
Pero fíjense ustedes que en otros países ello no acaece. Entonces, hay una búsqueda demasiado intensa.
En México, en el Distrito Federal, se sanciona una ley de unión civil, sin embargo, no permite el matrimonio y prohíbe expresamente la adopción.
Yo creo que el ejemplo más importante es Francia, porque va a adoptar desde 1999 el Pacto Civil de Solidaridad. En aquel momento el presidente Sarkozy dijo: “El matrimonio civil es ante todo una organización jurídica para dar a los niños un marco y una protección. Pero hasta donde yo sé, los homosexuales no tienen posibilidad de engendrar hijos.”
Sarkozy no negó que las parejas homosexuales tengan deseos de durar o aspiración a reconocimiento social; pero la paternidad y el matrimonio precisa son asuntos distintos. Para tener hijos hace falta un hombre y una mujer. (Aplausos.) Eso no funciona con dos hombres…

Sra. Presidenta (Ibarra).- Seguramente hay que gente que está en contra de lo que está diciendo el doctor Vidal Taquín y hay gente que está a favor.

Sr. Vidal Taquini.- No, lo dijo Sarkozy. (Risas.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- De su exposición, seguramente hay que gente que está en contra y gente que está a favor, por lo que si vamos a comenzar con vítores y con gritos esta reunión no la vamos a continuar. De ser así, la continuaremos únicamente los diputados y diputadas con las personas invitadas.
En esto hemos sido muy claras las dos presidentas: vamos a tratarnos con respeto y como personas que saben debatir distintas opiniones en pluralidad. En este sentido, pido respeto a los que están presentes.
Gracias a todos, y continúa en el uso de la palabra el doctor Vidal Taquini.

Sr. Vidal Taquini.- Sarkozy termina diciendo: “Eso no funciona con dos hombres o con dos mujeres”. Así, otorgar a los homosexuales derecho a la adopción o a la inseminación sería ir contra una realidad que es la de la misma especie humana.
Esto lo traigo a consideración y lo elevo para que tengamos claramente la idea de que acá no hay principios absolutos. De tal manera que hay que tener en cuenta y presente que el matrimonio es una organización estructural, jurídica y social fundamental.
Fíjense que el matrimonio generalmente no es definido, pero cuando se pregunta qué es el matrimonio surge inevitablemente que es la unión de un hombre y una mujer. De tal forma que esto es lo básico y lo fundamental. Yo no creo que al avión se le pueda decir que es un auto, ni al auto que es un avión. En consecuencia, las cosas deben estar debidamente acreditadas.
Pueden ustedes pensar que no considero que el matrimonio pueda ser también para homosexuales. Pensemos también otra cosa que es fundamental: el género humano no está dividido entre bisexuales y homosexuales; el género humano está dividido entre hombre y mujer. La orientación sexual respetable y asimilable¬ sobreviene después. Aún ni siquiera hay resultados que puedan determinar que genéticamente alguien en el futuro va a ser homosexual o heterosexual. La ciencia todavía no nos ha proporcionado los elementos básicos y fundamentales para determinar si realmente es genético. Debo decirlo, y lo afirmo por la sencilla razón de que hace dos días el diario “La Nación” publicó un artículo sumamente interesante pero que en un momento dado dice precisamente lo contrario de lo que ahora estoy expresando.
Todavía ésta es la realidad. La fortuna es que el DCM4 elimina totalmente, en virtud de la Organización Mundial de la Salud, todas las calificaciones peyorativas o despreciativas respecto de lo que era la homosexualidad. Ahora se está hablando simplemente de la orientación sexual.
Asimismo ha desaparecido aquello de que se trata de una enfermedad. Pero claro, ya sabemos que actualmente hay países que a la homosexualidad la castigan con la muerte. La Argentina afortunadamente no tiene pena de muerte; no la va a poner ni va a matar a ningún homosexual, ni lo haría.
Por lo tanto, y dado que el tiempo para hacer uso de la palabra es muy breve, esta es la posición básica y fundamental. No entiendo si se discrimina. La opinión distinta por supuesto acaba de ser vertida, respecto de que darle un estatuto propio sería diferente. Pero creo que esto es lo ideal porque precisamente los homosexuales no tienen derechos, no deben ser discriminados y entonces hay que terminar con la discriminación, hay que darles los derechos, pero que no sean idénticos a los que se dan al matrimonio. Además, en este momento para qué ser igual al matrimonio de la legislación argentina si evidentemente tiene muchísimas fallas.
Repito lo que dije al principio. Sería lindo hacer un estatuto propio, enmendando todos los defectos que actualmente tiene la legislación argentina respecto del matrimonio. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el señor diputado Alejandro Rossi.

Sr. Rossi (A.L.).- Señora presidenta: algunos diputados de nuestra bancada que deben retirarse para asistir a la reunión de la Comisión de Presupuesto y Hacienda me pidieron que formulara algunas preguntas para que constaran en la versión taquigráfica y luego fueran leídas.

Sra. Presidenta (Ibarra).- En todo caso, le solicito que me las entregue por escrito y después las leeré. Sugiero esta metodología para poder avanzar, porque algunos invitados deberán retirarse ya que tienen pasaje de avión. Por eso, si ahora comenzamos a formular preguntas no podrán hacer uso de la palabra todos los expositores.

Sr. Rossi (A.L.).- Muy bien, así lo haré.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Esta reunión será larga. Luego se podrán formular las preguntas.
Tiene la palabra el doctor Alejandro Bulacio, que ejerce como abogado independiente hace veinte años y se dedica al derecho de familia. Además es profesor adjunto de la UBA de la materia Teoría del Estado y master en política. Es autor de diversas obras, entre otras, Teoría política y cultural para el desarrollo, e Investigaciones sociales en el Norte Argentino. También es miembro de la Asociación de Abogados y Procuradores de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y a la vez fue elegido delegado gremial durante diez años.

Sr. Bulacio.- Señoras diputadas, señores diputados: debemos celebrar este tipo de discusiones morales que colocan a los legisladores ante los problemas de fondo de nuestros ciudadanos, aunque sean una parte minoritaria de ellos.
En este sentido, la deliberación que estamos llevando adelante es parte esencial de la democracia, la que se vería muy disminuida si se limitara a sumar alternativamente votos para decidir las cuestiones por simple mayoría y no se animara a confrontar argumentos racionales, por más alejados que éstos parezcan en un primer momento.
Ahora bien, al basarse en principios morales, la democracia en sí misma, en su esencia, está abierta a la verdad, tanto ontológica como práctica. Dicho ejercicio de ser legislador consiste precisamente en unir valores con realidades sin menosprecio ni de unos ni de otros.
Nadie puede por lo tanto imponer sus ideas o creencias; debe primar la tolerancia hacia el que piensa distinto, cosa que es natural.
Ahora bien, ello no significa que las ideas no puedan exponerse a las cosmovisiones propias con convicciones para hacerlas comprensivas a los otros y aportar a la mejor solución del problema en debate.
Dice Giovanni Sartori al respecto: “La tolerancia respeta valores ajenos, mientras que el pluralismo afirma un valor propio, porque el pluralismo sostiene que la diversidad y el disenso son valores que enriquecen al individuo y también a la ciudad política.”
La tolerancia es tolerancia, precisamente, porque no presupone una visión relativista. Quien tolera tiene creencias y principios propios, los que considera verdaderos, y sin embargo concede que los otros tengan derecho a cultivar otras creencias.
Ni la mayoría ni la minoría deberían imponerse sin un ejercicio previo de descubrir la parte de verdad que siempre refleja la posición de los otros. Muchas veces una aptitud de apertura mental nos puede llevar a soluciones inesperadas, creativas, no prefabricadas ni impuestas.
Desde mi punto de vista hay dos cuestiones centrales en este tema del matrimonio entre personas del mismo sexo. Una surge a primera vista, y se refiere a las características físicas de las personas y la necesidad social de la procreación que se va a reflejar en que el matrimonio necesita de dos sexos distintos y complementarios para existir. Su basamento biológico se expresa también en psicologías diversas y se cristaliza como una institución jurídica entre personas de distinto sexo con los fines del amor mutuo, procreación y educación de los hijos. Esto ha sido entendido así por la inmensa mayoría de las culturas a lo largo de la historia, las que han reconocido al matrimonio heterosexual como algo natural y racional, propio de la naturaleza espiritual del hombre.
Hoy la tendencia mundial muestra que el 96,5 por ciento de los países no tienen matrimonio para homosexuales. Incluso en Estados Unidos el 88 por ciento de los Estados no acepta el matrimonio entre personas del mismo sexo. Sería desnaturalizar aquello que llamamos matrimonio el permitirlo a personas de un mismo sexo, ya que estaríamos negando ipso facto sus características esenciales y constitutivas.
La familia como institución, entonces, debe ser reconocida en su identidad y aceptada en su naturaleza de sujeto social. Ninguna sociedad humana puede correr el riesgo del permisivismo en cuestiones de fondo relacionadas con la esencia del matrimonio y de la familia.
Ahora bien, y aunque no comparta las posturas que a mi humilde criterio confunden autonomía con libertad, no es menos cierto que debo intentar comprender el reclamo de las personas del mismo sexo que exigen poder acceder al matrimonio.
Si bien el legislador no puede desvirtuar la verdad ontológica, tampoco puede desoír el grito de tantas personas que se sienten indefensas en una multitud de cuestiones. Por ejemplo, carencia casi absoluta de derechos sucesorios, de beneficios sociales, de posibilidades de pensión.
Entiendo que si bien no puede llamarse matrimonio a lo que no lo es, ello no significa que estos temas entre personas de un mismo sexo que conviven de manera estable no requieran de tutela jurídica efectiva, la que –seamos claros- no existe.
Aclaro que vuestra imaginación, como legisladores, debería superar ampliamente la llamada “unión civil”, la que se limita a cuestiones administrativas, muchas veces menores, aunque quede el mérito de no limitarse a personas del mismo sexo. La unión civil es para cualquiera que convive.
Tampoco es cuestión de encontrarle un nombre bonito o crear una especie de matrimonio de segundo orden, aunque sí de encontrar las soluciones efectivas a los problemas enumerados, a los que hacen amplia referencia los proyectos presentados en sus considerandos.
Entiendo, personalmente por supuesto, que ello excluye racionalmente la posibilidad de la adopción para matrimonios de personas del mismo sexo en cuanto tal, ya que se priva al menor de la ejemplaridad de riqueza que otorgan un padre y una madre de diferente sexo.
Hago notar que si bien esto se considera un problema superado en uno de los proyectos, entiendo que se trata de una afirmación dogmática, no siendo para mí sólida la argumentación que pretende sostenerla.
Recordando la posición de Carlos Santiago Nino respecto de los tres requisitos para lograr una decisión democrática, éstos incluyen la participación libre e igual en el proceso de discusión y toma de decisiones, la orientación de la comunicación en el sentido de la justificación, la ausencia de minorías congeladas y aisladas, y la existencia de un marco emocional apropiado para la argumentación.
Resulta difícil sostener que esta última condición –la existencia de un marco emocional apropiado para la argumentación se cumpla en la actualidad, como lo demuestran diversos hechos, entre ellos los acaecidos lamentablemente hace poco tiempo en la provincia de Tucumán.
Los ánimos están caldeados y poco propensos a la argumentación racional. Tampoco tiene sentido legislar fundándose en reivindicaciones que parten de que no existe lo dado y todo es construido.
El constructivismo como posición filosófica, cuando llega al extremo de negar la existencia misma de lo a priori dado, que la inteligencia puede conocer, se transforma en una posición cuya consecuencia es la destrucción de la identidad del hombre; todo es construido.
Si no sabemos quién es el hombre, su dignidad empieza a tambalear y finalmente sus derechos humanos pueden ser puestos en duda. Así, si se reconocieran legalmente todas las construcciones que resultan imaginables, no sólo la ley perdería el carácter de universalidad que le es propio, con el consiguiente descalabro social, sino que dejaríamos de reconocer al hombre mismo.
Entiendo que le resulta difícil al legislador salirse de la propensión natural a sumar mayorías y minorías. Pero lo que está en juego es el fundamento mismo de toda sociedad, es decir, la familia, la que no puede quedar sujeta sólo a la opinión pública ni a la presión que ejerzan unos u otros.
Resumiendo, entiendo que el matrimonio entre personas del mismo sexo simplemente no es posible. Nunca será tal, incluso aunque fuere legislado.
De todos modos, tampoco podemos cerrar los ojos a las realidades antes descriptas, las que necesitan de toda vuestra imaginación legislativa para encontrar soluciones, no sólo para personas de un mismo sexo que quieren vivir en común, sino también para situaciones de convivencia estable entre personas de un mismo sexo.
Refiriéndome específicamente a la tutela en el Código Civil del matrimonio entre varón y mujer, creo poder afirmar que es inaceptable distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal o un servicio social. No obstante atribuir el estatus social y jurídico del matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales, no se opone a la Justicia sino que por el contrario es requerido por ésta. No existe discriminación cuando se les impide casarse a personas del mismo sexo entre sí, porque no es arbitrario negarle el derecho al matrimonio a quienes no cumplen las condiciones de la institución ni tampoco pueden satisfacer las finalidades de la misma en cuanto a la procreación, en cuanto tiene como presupuesto sustancial el carácter heterosexual.
Nuestra legislación nacional e internacional hace referencia directa al matrimonio entre hombre y mujer. No menciona expresamente, ni para negarlo ni para permitirlo, la unión entre personas del mismo sexo.
La interpretación sistemática de nuestro derecho permite concluir que el único que tiene reconocimiento es el matrimonio entre hombre y mujer. Sostener lo contrario es violentar los textos legales y la intención del legislador.
Por último es mi opinión personal , al leer los proyectos me llamó mucho la atención que el principal problema que veo en la práctica profesional como abogado no se encuentre reflejado en forma alguna en su articulado.
Hoy los jóvenes simplemente no le ven sentido al matrimonio y no se casan, lo que ya está produciendo una secuela de inestabilidad social profunda cuyas consecuencias también debería preocuparnos a todos y ser objeto de deliberación por parte de ustedes, los representantes del pueblo. (Aplausos.)

Sra. Di Tullio.- Vamos a dar el uso de la palabra a Pedro Zerolo, licenciado en Derecho, concejal del Ayuntamiento de Madrid por el Partido Socialista Español, que desde el 36 Congreso del PSOE es miembro de la Ejecutiva Federal del Partido Socialista Español como responsable de la Secretaría de Movimientos Sociales y Relaciones con las ONGs y uno de los activistas más conocidos de los movimientos de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales.

Sr. Zerolo.- Para mí es un honor estar aquí como latinoamericano que soy en el momento en que se ha abierto definitivamente un debate en la República Argentina.
Estoy convencido de que va a terminar con el reconocimiento de la dignidad de hombres y mujeres que somos homosexuales aquí y allá, en la Argentina y España. Vengo de una país latino en el que nadie creía y donde ya es posible la plenitud del derecho; un país que ha luchado por la igualdad, por el reconocimiento de la diversidad y de la dignidad de cada cual bajo cualquier circunstancia personal o social.
Me llamo Pedro, soy latinoamericano, migrante, concejal, miembro de la Ejecutiva Federal del Partido Socialista; soy un hombre sano, soy homosexual y estoy felizmente casado desde hace cuatro años con Jesús Santo, que así se llama mi marido…(Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Por favor, voy a pedir a todos los presentes que mantengamos los términos de la reunión.

Sr. Zerolo.- Por cierto, el día más lindo de mi vida y el día más lindo de su vida, y el de más de 20 mil parejas que en España ya han contraído matrimonio gracias a una modificación del Código Civil que se produce el 30 de junio de 2005, que fue una minirreforma legal que ha supuesto un enorme avance social en un país como España. Fue una mínima reforma social que lo que hizo fue ampliar la institución del matrimonio, una institución que a lo largo de la historia se ha ido democratizando y adaptando a la realidad.
Eso es bueno recordarlo y más en esta comisión. La institución civil del matrimonio siempre ha utilizado preceptos enormemente patriarcales para alejar de ella a más de la mitad de la población durante siglos. Hay que recordar que el matrimonio ha sido una institución vedada a la inmensa mayoría de la ciudadanía de todos los países del mundo a lo largo de la historia de estos últimos años. Por ejemplo, los esclavos no se podían casar porque no eran libres; los negros no se podían casar porque no eran blancos; estuvieron prohibidos los matrimonios interraciales; los homosexuales, transexuales y bisexuales todavía expresando nuestra orientación no nos podemos casar; la mujer nunca se ha podido casar en libertad y en igualdad, nunca hasta antes de ayer, como quien dice. Las mujeres hasta hace muy poco pasaban de la tutela del padre a la tutela del marido.
Por tanto, el matrimonio en libertad y en igualdad sólo se ha podido construir y defender hace muy poco tiempo. Más que construir, desconstruir, porque gracias a la lucha del movimiento de mujeres y feminista hoy el matrimonio es lo que es:
una institución democrática, un derecho que se contrae y que se puede romper cuando es necesario con la figura del divorcio. Y eso no ha hecho más que fortalecer la institución del matrimonio y la diversidad familiar.
Ahora nos toca a los homosexuales, a las mujeres y hombres homosexuales. Al respecto, ya se ha puesto de manifiesto desde la presidencia de la CHA que hemos sufrido demasiado sólo por ser como somos: mujeres y hombres que no somos otros que vuestros hijos, vuestros hermanos, vuestros amigos y vuestros compañeros de trabajo. No somos extraterrestres, somos parte de esta sociedad y parte de este pueblo. Defendemos nuestros derechos, nuestras familias y nuestra posibilidad de actuar en igualdad.
Como país, España no es mejor ni peor que otro país, pero desde luego allá se ha concebido la ley. Sólo bastó la valentía que es el secreto de la libertad y de la igualdad necesaria en momentos históricos como éste en que se puede cambiar una dinámica.
La Argentina se enfrenta ante un momento histórico. Por eso pido valentía al legislador y también al Ejecutivo. Si ellos son valientes, la igualdad llegará, porque la Argentina está preparada; lo ha estado siempre.
Este es un pueblo orgulloso de sí mismo, ilustrado, culto, sensible, que sabe perfectamente que este es un derecho de justicia y que sus representantes deben actuar en consecuencia. Por tanto, pido a los representantes del pueblo argentino que eleven a la categoría jurídica lo que en la calle es una realidad, lo que es vuestro cometido y vuestra obligación.
Por otro lado, se mire como se mire, es un deseo plenamente constitucional. Por eso algunos siempre hemos defendido las constituciones que contemplan un principio de igualdad, que es la base del texto.
Toda Constitución, la de cualquier país, incluso la de la República Argentina, tiene su anclaje en el reconocimiento de la dignidad de cada cual y en el libre desarrollo de la personalidad. Guste o no, ello es así.
Además, por si esto fuera poco, toda Constitución impone al gobierno el deber de promover las condiciones de igualdad y de remover cualquier obstáculo que la dificulte. Incluso, si la mayoría social no existiera, como ocurre actualmente en la Argentina y también pasó en España, el deber de todo gobierno es remover los obstáculos que la dificulten.
Dicho de una forma más romántica: el deber de todo gobierno es buscar la felicidad del pueblo, y de ese pueblo formamos parte los gays, las lesbianas, los transexuales y los bisexuales, guste o no. Por tanto, el deber del gobierno argentino y de las cortes argentinas es buscar la felicidad, y no hay forma más bella de felicidad que la tranquilidad. Tal como señalaba la doctora Lubertino, la tranquilidad la da el hecho de tener los mismos derechos y los mismos deberes con los mismos nombres. El nombre es lo importante, porque o hay matrimonio o hay discriminación.
Quiero dejar claro que en España y en todos los demás países que ya han aprobado esta ley algunos tienen que ser los primeros la batalla fue el nombre. Las instituciones se llaman como se llaman y los nombres son lo que son.
Hubo un momento en que la democracia se asociaba sólo al hombre porque sólo él votaba. Cuando en España y en la Argentina las mujeres lucharon por el derecho al voto, los de siempre dijeron lo mismo: “que se llame de otra manera, que se denomine ‘derecho a la participación política de las mujeres’”.
En España se llegó a decir que esperaran a que la mujer superara la edad del trastorno hormonal que les impide discernir entre el bien y el mal. Ahí han estado los de siempre diciendo lo mismo.
Por tanto, nuevamente reclamo iguales derechos, iguales obligaciones y con los mismos nombres.
No existe ningún impedimento formal ni legal para el acceso pleno al matrimonio; son sólo objeciones morales las de aquellos que se han opuesto siempre a casi todo, y por no ser maximalista digo “a casi todo”.
En un país como la Argentina, donde rigen los principios de equidad y de libertad de conciencia, la moral de unos pocos o de quien sea no puede imponerse sobre la totalidad ni sobre las instituciones civiles.
Señorías, amigas y amigos: el amor homosexual ha existido siempre. Nuestras relaciones estables están ahí y nuestras familias e hijos esperan el amparo legal que se merecen.
Esta reforma no va contra nadie, contra ninguna creencia ni contra ninguna práctica religiosa. Es una reforma en interés de todos y todas, de todas las familias y como refuerzo de la institución matrimonial.
A partir de ahora queda una dura batalla hasta el final de este proceso, que terminará bien –estoy completamente seguro-; siempre que se comienza el debate éste termina bien porque aquí cada cual se retrata.
Los de siempre argumentarán que la familia se va a romper, que la Argentina se va a hundir, acudirán a estudios pseudocientíficos o a científicos que nos volverán a señalar, porque ya lo han hecho. Ellos nos ponen en otro grupo que no está en situación de sanidad plena sino en una condición menor. Siempre han hecho lo mismo. Se oponen y combaten las leyes que luego usan, porque en España han votado en contra de todas las leyes que luego han usado.
En España se opusieron a la ley de divorcio, y la usan; se opusieron a la ley de adopción, y la usan; se opusieron a la ley de reproducción asistida, y la usan; se opusieron a la investigación con células madre, y utilizan los conocimientos que ha determinado esa investigación. Por lo tanto, que nos quede claro que esto es parte de un proceso que nos queda todavía por concluir, donde la valentía es muy importante. Valentía es lo que les pido.
Para terminar, les digo que la patria se construye con valores que aúnan, que surgen de la Revolución Francesa, con ideales que marcaron el inicio de esta República Argentina: libertad, igualdad, fraternidad y solidaridad con los otros pueblos.
Por lo tanto, apelo a esos principios constitucionales y republicanos. Les pido valentía, porque se lo merecen los gays y lesbianas argentinos y también el pueblo argentino.
Señorías: la Argentina se merece llegar por primera vez puntual a la cita con la igualdad, y en sus manos está lograrlo. Les pido que participen activamente, que defiendan el carácter constitucional de la reforma y que también defiendan este proyecto con convencimiento y por patriotismo. La historia mira hoy a la Argentina y este desafío está en vuestras manos. (Aplausos prolongados.)

Sra. Di Tullio.- Continúa en la lista de oradores la doctora Úrsula Basset, abogada, egresada de la Universidad de Buenos Aires, doctora en Ciencias Jurídicas de la UCA, miembro de la Academia Nacional de Ciencias Políticas. Ella es especialista en derecho de familia, profesora invitada de la cátedra de Derecho de la UBA, conferencista y autora de artículos para medios gráficos sobre temas de esta especialidad.
Tiene la palabra la doctora Basset.
Sra. Basset.- Señora presidenta: cabe preguntarse si la definición de matrimonio es eventualmente indiferente. Es decir, si consiste realmente en ampliar el concepto de matrimonio y abarcar a las personas del mismo sexo, o si en realidad a lo mejor se trata de redefinirlo, y si esa redefinición implica de alguna manera un deber de neutralidad del Estado en torno a la conciencia privada de las personas que desean contraer matrimonio.
Por ejemplo, si una persona desea orientarse sexualmente hacia otra persona del mismo sexo y desean contraer matrimonio, eso podría considerarse como una cuestión ligada a la privacidad, a la vida privada familiar, en la cual el Estado no debiera interferir por una cuestión de neutralidad. Además, de alguna manera debiera proteger esas elecciones privadas de las personas.
Sin embargo, paradójicamente hoy estamos sentados aquí para discutir no el derecho a la privacidad de las personas sino el deseo de quienes quieren contraer matrimonio y tienen una orientación homosexual. Me refiero al deseo de que contraer matrimonio sea público para todas las personas, ya sean heterosexuales u homosexuales.
Estamos hablando de la privacidad y de una cuestión irrelevante para el Estado, de un asunto que debería tener carácter público y por lo tanto estar preferentemente protegido. El matrimonio entre personas del mismo sexo es una protección preferencial que garantiza el Estado. Y en este caso estamos discutiendo algo que nos compromete a todos y que de alguna manera sí implicaría redefinir la institución y cuestionar la conveniencia o no de reconocer los mismos derechos a las personas que tienen distinta orientación sexual.
Entonces quedan excluidos los temas de la vida privada y de la neutralidad del Estado. El Estado ya no puede ser neutral porque se juega una definición de familia y tiene que evaluar si es conveniente o no proteger de la misma manera una y otra.
En este estado de cosas, conviene recordar lo que sucedió hace muy poco en el Estado de California. Ustedes conocerán el famoso fallo de In re marriages, que después volvió atrás por una votación popular. Hubo una proposición que dio marcha atrás al fallo sobre reconocimiento a contraer matrimonio a las personas de orientación homosexual. El fallo reconocía el acceso al matrimonio a las personas de orientación homosexual. En realidad no se trataba solamente del derecho al matrimonio, porque en el Estado de California las personas de orientación homosexual ya tenían los mismos derechos, sólo que con otro nombre. Ellos discutían porque querían acceder al prestigioso nombre de matrimonio, asunto que dio en llamarse “la cuestión de la etiqueta”.
Aquí estamos en la misma situación. Varias veces se mencionó que estamos discutiendo no solamente los mismos derechos, es decir, la unión civil, sino también el acceso al prestigioso nombre.
En este fallo de California, una carta de un amicus curiae, estos amigos que escriben a la Corte y ayudan con un dictamen para decidir algunas cuestiones, citaba al famoso jusfilósofo John Rawls, quien decía que es indiferente la definición de familia, que no importa cómo llamemos a la familia ni su constitución siempre y cuando esa familia le garantice al Estado las mismas funciones que son benéficas para que el Estado la proteja. Es decir que siempre y cuando la definición de familia sea benéfica para el Estado, el Estado va a brindar esa conformidad, y basta verificar que se den las mismas competencias exitosas que le interesan al Estado, cualquiera sea la unión.
En función de ello en el fallo se trató un asunto que se llamó de razonabilidad en el reconocimiento. Es decir, el preguntar por la razonabilidad del reconocimiento de los mismos derechos a contraer matrimonio a las personas del mismo sexo que a las heterosexuales.
En primer término hay que decir que sabemos que en varios Estados –no sé cómo es la cuestión en España porque sería precoz decirlo-, como Dinamarca, Suecia y los Países Bajos, ni bien se reconocieron las uniones de personas del mismo sexo y eventualmente el matrimonio hubo un descenso abrupto de la tasa de matrimonialidad. Asimismo quiero mencionar en esos países es donde hay más niños nacidos fuera del matrimonio. Es decir, los niños quedan expuestos a ser concebidos fuera de la unión estable del matrimonio por alguna razón que no me toca a mí determinar ni tampoco señalar si son coincidentes o no.
Lo cierto es que cuando se aprueban las leyes relativas a las uniones de personas o al derecho de acceder al matrimonio de personas con orientación homosexual, coincidentemente se da el fenómeno de una baja en la tasa de matrimonialidad. Eso tiene como consecuencia que muchos niños nacen fuera de la unión estable del matrimonio.

Paradojalmente, en los países en los que se reconoció el acceso al matrimonio muy poca población de las personas que tienen orientación homosexual contraen el matrimonio. Se habla del 2 por ciento, del 1,4 por ciento, no de toda la población, sino de la población homosexual. Es decir, de toda esa comunidad que tiene orientación homosexual sólo un 1,4 por ciento contrae ese matrimonio que les es garantizado por ley.
Entonces, estamos hablando de que sólo el 2 o el 1,4 por ciento de la gente que tiene orientación homosexual contrae matrimonio en esos lugares donde ya fue reconocido; es decir, una tasa muy baja.
Ahora bien, siguiendo con el argumento de razonabilidad conviene indagar lo que dicen diversos científicos y algunas estadísticas de los mismos países en los que se reconoció el matrimonio acerca de las funciones que cumplen los matrimonios contraídos entre personas del mismo sexo y las uniones entre personas de orientación homosexual. Esto no quiere decir que éstas sean estadísticas aplicables a todas esas personas porque es verdad que hay uniones entre personas del mismo sexo que son duraderas y es verdad que hay uniones entre personas del mismo sexo que son pacíficas. Sin embargo la proporción de violencia familiar verificada en uniones entre personas del mismo sexo y de violencia familiar verificada en las familias fundadas en el matrimonio es de treinta a uno. Treinta casos de violencia en las de uniones entre personas del mismo sexo contra un caso de violencia en uniones matrimoniales de varón y mujer; son notablemente más violentas que las familias de hecho o las convivencias de hecho entre varón y mujer.

Sra. Merchán. ¿De dónde saca los datos?
- Varios hablan a la vez.
Sra. Presidenta (Ibarra).- En primer lugar, quiero aclarar que esta es una reunión de diputados y diputadas con invitados, la señora diputada le está solicitando una interrupción que yo ya se la había planteado para saber cuál era la fuente de lo que estaba diciendo la doctora.
Pido que mantengamos la reunión en los canales en los que la veníamos celebrando.

Sra. Basset.- Voy a hacer lo siguiente: para lograr una mejor exposición dejo todo el material para que ustedes lo consulten. Lo he traído para que lo incorporen al dictamen. Entonces ustedes mismos podrán hacer la constatación de toda la fuente utilizada leyendo la nota al pie.

Sra. Presidenta (Ibarra).- En este punto le solicito que exprese la fuente explícitamente.
Sin duda, todo su trabajo va a ser distribuido entre todos los diputados.

Sra. Basset.- Este es un estudio del Departamento de Estado de los Estados Unidos que se llama Extensión, naturaleza y consecuencia de la violencia íntima entre parejas y tiene una correspondencia con un estudio semejante realizado en noviembre de 1994 por la Oficina de Estadística de Justicia.
Respecto del compromiso y la duración de las uniones de las parejas y matrimonios heterosexuales, éstas tienen una duración notablemente mayor que las de igual sexo. El sociólogo Laumann, de la universidad de Chicago, en su obra The sexual organization of the city, que es la organización sexual de la ciudad, sostiene que las relaciones masculinas homosexuales se definen mejor en términos de transacción que en términos de relación debido a que tienden a ser breves.
Es decir que mientras en Estados Unidos el 66 por ciento de los matrimonios entre personas heterosexuales duraban más de diez años y el 50 por ciento de ellos, más de 20, estudios semejantes respecto de personas del mismo sexo dicen que en general las relaciones duran en un promedio –insisto, es un promedio un año y medio, dos años o tres años.
En la Argentina tenemos desde la aprobación de la ley de divorcio una duración de doce años. De modo que la estabilidad aquí también tiene condiciones diferentes entre las parejas del mismo sexo y las parejas heterosexuales.
Son notablemente más estables las uniones de parejas heterosexuales.
Respecto de la fidelidad una vez consolidada la unión, las mujeres son más fieles más hombres. Algunas estadísticas señalan que un 85 por ciento de las mujeres manifiestan ser fieles, mientras apenas un 75 por ciento de los hombres afirma lo mismo. Lo siento mucho por los varones. Así estamos.
En cambio, en las uniones de parejas del mismo sexo, tan solo el 4,5 por ciento mantiene la fidelidad. Además otro estudio demuestra que en promedio tienen ocho contactos sexuales externos a la pareja por año.
Hubo otros estudios coincidentes que arrojaron como resultado que el 43 por ciento de personas blancas con orientación homosexual había tenido relaciones íntimas con más de 500 compañeros de su mismo sexo a lo largo de la vida.
Quiero aclarar que hay diversos estudios que confirman estos resultados, brindando números y porcentajes semejantes. Es decir que la finalidad de mantener la estabilidad en la sociedad, ordenar la moralidad, evitar la promiscuidad y sostener la fidelidad en las uniones no se da de la misma manera en una y otra unión. Por eso puede ser que el Estado legítimamente prefiera conceder el prestigioso nombre de matrimonio a una de las dos uniones, que es la que efectivamente fue probada a lo largo del tiempo y ganó el prestigio manteniendo la heterosexualidad como condición esencial.
Por otra parte, en esos casos también hay mayor riesgo de utilización de fármacos y sustancias, mayor injerencia de bebidas alcohólicas y otras incidencias de este tipo. Esto no quiere decir que ocurra con todas las personas; sin embargo sucede.
Cuando existen diferencias, ellas deben ser recogidas en el tratamiento jurídico en función de la razonabilidad que brindan al Estado las diversas uniones, en orden al reconocimiento para el bien de toda la sociedad y también de los niños.

Sra. Asistente.- Perdón, ¿podrían hacer silencio?

Sra. Presidenta (Ibarra).- Perdón, ¿usted es diputada?
Esta es una reunión de diputadas y diputados. En todo caso hable con algún diputado para que lo solicite.
Al contrario de lo ocurrido, creo que hay que felicitar a muchos asistentes a esta reunión por el excelente trato y la buena conducta mantenida al escuchar algunas cosas dichas sobre violentos y adictos a estupefacientes. Por eso reitero que en todo caso vamos a destacar el buen comportamiento que se está llevando adelante. Sigamos en ese camino.
Continúa en el uso de la palabra la doctora Basset.

Sra. Basset.- Insisto en que se trata de datos. Está todo documentado; no es nada que yo saque de mi bolsillo.
Respecto del reconocimiento como derecho humano, el derecho a contraer matrimonio solamente está garantizado entre varón y mujer y en determinadas circunstancias, ya que las cuestiones de parentesco quedan excluidas.
Por lo tanto, el derecho humano al matrimonio sólo se refiere a la unión contraída entre varón y mujer, sin perjuicio de otros derechos que puedan discutirse.
En otros casos puede haber un derecho civil, pero reitero que no es un derecho humano y tampoco es un derecho a la privacidad.
Por último, no conozco las estadísticas, pero siendo que hace varios años está vigente la ley 1004 en la ciudad de Buenos Aires y hay otras similares en dos o tres comunas más y en la provincia de Río Negro , la iniciativa de unión de personas del mismo sexo no ha tenido eco en el país. Y me parece que ello es bastante representativo.
Más allá de las encuestas que ahora se realicen en virtud de esta instancia particular que tiene cierta difusión, me da la sensación de que es bastante elocuente que en el interior y en la mayor parte del país este tipo de reconocimiento no sea afín al sentir argentino. Estoy convencida por los hechos ocurridos, porque no hay otro tipo de iniciativas reconocidas y recogidas mayoritariamente. Esto ocurre por el simple hecho de que en el sentir del pueblo argentino, el matrimonio es entre varón y mujer.
Por todas estas razones, porque una vez aprobada tampoco tuvo incidencia y por todo lo demás, considero que es importante que conservemos la definición de matrimonio exclusivamente para la unión entre varón y mujer, sin perjuicio de todos los debates que se puedan llevar a cabo en torno a otras cuestiones que se quieran plantear.
Entonces, por las razones brindadas, por la disminución de la tasa de matrimonio beneficioso entre varón y mujer y por los efectos negativos que tiene es que, no siendo lo mismo, debe ser tratado de manera diferente. Y el matrimonio para el bien común tiene que ser conservado para varón y mujer. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- El discurso pronunciado por la doctora Basset será fotocopiado y distribuido entre los diputados y diputadas que integran ambas comisiones.
A continuación daremos la palabra al doctor Roberto Gargarella, abogado y sociólogo de la Universidad de Buenos Aires; master en Ciencia política por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Buenos Aires; doctor en Derecho por la Universidad de Buenos Aires en 1991.
Es también Master of Laws (LL.M.) en 1992 y Doctor of Jurisprudence (J.S.D.) en 1993, ambos por la University of Chicago Law School. Cursó sus estudios posdoctorales en el Balliol College, Oxford, en 1994.
Fue profesor visitante en Columbia University en 2003, en la New York University en 2000, en la University of Bergen en 2003, en la Southwestern University School of Law en 2002, en la University of Oslo en 1997, y en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona de 1993 a 1999. Actualmente se desempeña como profesor de Teoría Constitucional y Filosofía Política en la Universidad Torcuato Di Tella y como profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires.
Tiene la palabra el doctor Gargarella.

Sr. Gargarella.- Quería hacer algunas precisiones jurídicas sobre la cuestión.
En primer lugar, diría que el tema merece plantearse del modo inverso al que algunos lo han hecho. No creo que se trate de pedirle nuevos derechos al Estado ni de solicitarle concesiones o favores. Por el contrario, es poner al Estado contra la pared y preguntarle por qué asigna algunos derechos que les niega a otros.
Creo que ese el centro de la cuestión y que cada movimiento que quiera hacer el Estado denegando a algunos individuos o grupos derechos que les concede a otros requiere una justificación extraordinaria por parte de éste que no la está dando -y que no la ha dado para hacer lo que está haciendo ahora.
Entonces, orientaría el debate en búsqueda de un argumento por parte de aquellos que están en contra del reconocimiento igualitario de derechos para todos, preguntándoles cuál es el argumento importante.
¿Cuál es el argumento extraordinario? ¿Cuál es la razón urgente que tiene el Estado para denegar a algunos grupos o individuos los derechos que concede a todos los demás? Y si el Estado no tiene un buen argumento, entonces no puede denegarlos como lo está haciendo. De manera que no se trata de pedirle favores o concesiones al Estado sino de exigirle que si quiere hacer una distinción, la haga basada en razones y no en prejuicios.
Hay quienes podrían oponer frente a esta idea algunas explicaciones y argumentos que quisiera tratar de rebatir. Un primer argumento en contra sería el de hacer un intento de vincular al derecho con una lectura tomista de éste. Pero claro, el derecho argentino es un derecho que exige neutralidad.
En contra de lo que decía la persona preopinante, se trata de un tema de neutralidad en el sentido de que se le exige al Estado que trate a todos con igual consideración y respeto; entonces no se le puede permitir al Estado que haga distinciones innecesarias e indebidas.
Me parece que también sería un error tratar de resolver la cuestión apelando a cuál es el concepto de matrimonio, que es el tradicional en la Argentina. Primero, porque los conceptos son elaboraciones humanas sobre las cuales necesitamos reflexionar y sobre las que tenemos una conversación continua. Entonces, no podemos pensar que la idea o el concepto de matrimonio es el que se definió en los años 20 o en los años 60, sino el que consideremos más sensatamente hoy, el que nos parezca más adecuado.
La idea del voto obligatorio en su momento estuvo atada a la concepción de varón con propiedad; ese es un concepto que hoy nos parece inaceptable, y está bien que así resulte. De igual modo, la idea del trabajo nocturno en su momento estaba asociada al varón, y esa posibilidad se le denegaba a la mujer. Todas esas eran simplemente manifestaciones de conceptos errados.
Entonces, no se pude hacer la discusión a partir de cuál es la concepción tradicional. Lo que importa es si estamos dispuestos a argumentar públicamente el concepto que sostenemos que es lo único que interesa y no cuál es el concepto que permanece.
No se trata, entonces, de llamar autos a los aviones: se trata de no seguir llamando aviones solamente a los biplanos. (Aplausos.) La cuestión consiste en reconocer que los conceptos son creaciones humanas y en que hoy no debemos abrazar el que se nos ocurra sino la mejor concepción posible de la idea.
No es cuestión de quedarse atados. Y este también es un argumento importante porque en la discusión pública argentina hay una apelación permanente.
Hoy el editorial del diario “La Nación” tiene como principal argumento la tradición. El argumento de la tradición también es insostenible en este sentido.
La Argentina puede tener tradiciones como la violencia familiar. Sin embargo, ante ella lo único que hay que hacer es erradicarla. O sea que no hay ninguna razón para sostenerla por el hecho de tratarse de una tradición. Puede tratarse de una tradición de centenares de años en la Argentina, en México o en Francia y que igualmente tengamos todas las razones del mundo para erradicarla.
El hecho de resolver conflictos violentamente puede ser una tradición argentina. Pero frente a ella lo que hay que hacer es reconocerla y expropiarla, es decir, erradicarla inmediatamente.
O sea que el argumento de la tradición también es inaceptable en esta discusión.
Por supuesto que la discusión tampoco se puede resolver invocando el Código Civil, ya que está situado por debajo de la Constitución, que se refiere a un pacto entre iguales. O sea que toda norma inferior que violente la idea de que somos iguales y de que merecemos un trato igual de debido respeto es contraria a la Constitución. Entonces, si el Código Civil se opone a lo que exige la Constitución en cuanto al trato igual, lo que debe dejarse de lado no es la Constitución, no es el reclamo constitucional, sino el reclamo del Código Civil. En consecuencia, ahí tampoco hay una razón interesante.
Asimismo rechazaría lo que llamaría una concepción boba de la igualdad, invocada para hacer luego lo que se quiere; me refiero a la idea de dar lo mismo a los iguales y lo diferente a los diferentes. Reitero que esta una idea boba de la igualdad porque únicamente nos interesa cuáles distinciones son moralmente relevantes entre las personas y qué razones hay para tratarlas diferente y de qué modo hacerlo.
Por ejemplo, hombres y mujeres pueden ser considerados iguales o diferentes; iguales en cuanto a que ambos pertenecen a la raza humana y desiguales por cuestiones básicas de género.
Uno siempre puede señalar a dos personas y decir que son iguales. Juan y Pedro son dos hombres, pero uno es Juan y el otro es Pedro. Entonces, los dos son hombres, pero también son diferentes. No tiene sentido hacer una invocación de esa noción boba de la igualdad en cuanto a tratar igual a los iguales y diferente a los diferentes. Lo importante es si la diferencia es moralmente relevante.
Entonces pregunto: ¿hay aquí una diferencia relevante? Y contesto que no, que todos merecemos igual respeto. Y si hubiese una diferencia, también deberían justificarnos por qué ella implica un tratamiento peor y no un tratamiento mejor. Uno podría decir y yo podría hacerlo sensatamente que si hay grupos en la Argentina que recibieron tratos indebidos durante décadas o centenares de años y necesitan algún trato desigual es posible y yo podría suscribirlo-, que quiere decir un trato mejor, un trato privilegiado para volver a establecer condiciones de dignidad, son aquellos que tratamos indignamente durante tanto tiempo. Entonces me parece que otra vez hay que renunciar a una idea boba de igualdad que sigue queriendo marcar la discusión.
Antes de finalizar mi exposición quiero hacer referencia al artículo 19 de la Constitución, porque me parece que la persona preopinante dio una aproximación muy pobre a la idea de la privacidad.
Un hecho no deja de ser privado y una conducta no deja de ser privada porque uno tenga un reclamo público respecto de esa conducta.
Entiendo que el hecho más privado de todos, mi libertad de conciencia, lo que pienso y estoy concibiendo, implica la exigencia de que me respeten en mi conciencia, no convirtiéndose mi acto privado en un acto público. Es un acto privado; es un acto privadísimo.
La única idea de privacidad sensata –y retomo lo que señalaba el doctor que hizo uso de la palabra es que no haya daños a terceros. Entonces la cuestión es qué daños a terceros se están produciendo. Si hay un daño a terceros en juego, es el producido a grupos que han sido tratados de modo indebido y ofensivo durante décadas. Y en todo caso ese es el daño que hay que reparar.
El hecho afecta seriamente la privacidad de las personas porque el artículo 19 de la Constitución Nacional, permite a cada persona y a cada grupo llevar adelante su proyecto de vida en la medida en que no dañe a otro.
Entonces, se trata del respeto absoluto a las formas de vidas distintas en la medida en que quienes llevan adelante esas formas de vida distintas no estén dañando a otros.
También descarto la idea porque me parece peregrina y poco interesante, más aun: me parece inaceptable de pensar que aquí se está desvirtuando la finalidad del matrimonio, como si la finalidad del matrimonio fuera la procreación. Eso implicaría denegarles la licencia de matrimonio a las personas que no pueden o no quieren tener hijos.
No nos quedemos colgados de los conceptos como si los conceptos preexistieran a nosotros. Nosotros preexistimos a los conceptos y nosotros debemos hacer uso de ellos.
Mi argumentación es que no veo que haya en quienes se oponen considerar esa forma de matrimonio como matrimonio argumentos interesantes ni argumentos basados en la tradición ni argumentos basados en la función biológica ni en los principios cristianos que pueden ser importantes, pero no en una Constitución, y tampoco en argumentos basados en que tratamos diferente a los diferentes, que tiene que ver con esta idea boba de la igualdad a la que me he referido.
Los que mantienen el principio con el cual había arrancado la presentación, que no hay que pedir al Estado concesiones, favores, derechos, privilegios, debemos hacer el ejercicio contrario y decir al Estado que nos dé cuenta de cómo está tratando a los individuos y de cómo está tratando a los distintos grupos.
El trato indebido a personas que tienen la misma dignidad que cualquiera de nosotros es lo que uno no puede aceptar. Eso no es ofensivo exclusivamente a los grupos perjudicados de gays o lesbianas, por ejemplo, sino que es ofensivo para mí o para cualquier persona que esté interesada en igual trato para todos. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Sabemos que estaba urgido de tiempo, por lo que le agradecemos el espacio que nos brindó.
Todavía nos quedan aproximadamente cinco o seis invitados para exponer y queremos abrir una ronda de preguntas de los diputados, motivo por el cual les vamos a pedir exposiciones precisas de no más de diez minutos.
Tenemos urgencia de tiempo de alguno de los invitados, por lo que no quiero interrumpirlo y abrir el debate porque si no vamos a dejar sin tiempo a los expositores.
Con esta consigna de tratar de hacer exposiciones de aproximadamente diez minutos le damos la palabra a la doctora María Laura Clerico, abogada y procuradora de la UBA. Tiene un currículum largo, por lo que me tomo el atrevimiento de hacerlo distribuir y poner a disposición de cada uno en vez de leerlo a fin de no alargar las presentaciones.

María Laura Clérico:

Muchas gracias por la invitación.

Después de la exposición de Roberto Gargarella - a cuyos argumentos adhiero - creo que voy sólo a intensificar algunos puntos y voy a retomar algo para refutar lo que dijo la anterior profesora que viene de la UCA.

Teniendo en cuenta que soy profesora de Derecho Constitucional me voy a centrar en los argumentos constitucionales que obligan al legislador a modificar el Código Civil en el sentido de incluir el matrimonio entre personas de igual sexo.

En las clases de derecho constitucional cuando trabajamos el tema del matrimonio entre personas de idéntico sexo, surge fuertemente en la discusión lo que tienen grabado los alumnos en la cabeza después de repetir tantas veces el Código Civil: surge la "naturalización" del concepto de matrimonio construido históricamente desde una concepción social que excluye al matrimonio entre personas de igual sexo: Esta imagen naturalizada requiere ser cuestionada desde la perspectiva del derecho constitucional. Así, esta imagen naturalizada surge como una interpretación del Código Civil.

El problema es que me parece que no es una cuestión de derecho común sino de derecho constitucional, y justamente el derecho constitucional martilla fuertemente y nos invita a volver a martillar y a criticar aquella imagen que surge de una suerte de interpretación automática del derecho común, esto ocurre no sólo en este caso sino en varios otros.

En ese sentido, es difícil sacar este carácter, que podríamos llamar ‑entre comillas‑ santo, que tiene el Código Civil en nuestras facultades. Entonces, no es casual que siempre se empiece a trabajar cualquier problema se lo haga desde el derecho civil (o común) y se opaque la mirada constitucional. Por ello, se requiere volver a plantear la necesidad de incluir el matrimonio entre personas de igual sexo desde la interpretación directa de la Constitución. Veamos.

Me parece que habría que recordar que el derecho a casarse está establecido - desde nuestra constitución histórica - en el artículo 20 de la Constitución cuando reconoce los derechos de los extranjeros. Al respecto quiero agregar que antes de la reforma de 1994 la construcción era que si los extranjeros tenían derecho a casarse, entonces lo tenían todos los habitantes, fueran extranjeros o no.

Es importante rescatar que la Constitución habla de derecho a casarse y no agrega ningún adjetivo ni se refiere a la orientación sexual de las personas. De este modo, me parece que este argumento literal que surge del derecho a casarse del art. 20 CN leido en relación con el principio de la igualdad y de la autonomía sostienen la obligación constitucional de inclusión del matrimonio entre personas de igual sexo en el derecho común.

Por ello, podríamos decir que hoy en día justamente la tarea es consultar críticamente el Código Civil ‑nuevamente y en relación con lo señalado por el doctor Gargarella‑ y analizar cuáles son las razones por las cuales se sigue sosteniendo la exclusión. Es decir, por qué razones se excluye a los contrayentes de igual sexo cuando se interpreta el artículo 172 del Código Civil. Esto implica una inversión fuerte de la carga de la prueba, de la justificación y del peso de las razones que debe dar el Estado, en este caso el legislador, si quiere persistir en la vigencia del artículo 172 del Código Civil.

Estas exigencias argumentativas forman parte de nuestra práctica constitucional, y basta con revisar la jurisprudencia de la Corte para determinar cuándo se da una restricción muy intensiva a un derecho fundamental, en este caso, el derecho a casarse entre personas de igual sexo. [Aquí tengo que hacer una suerte de nota al pie: el examen de igualdad que hay que aplicar no se podría mover en uno leve, por dos características que presenta la pregunta: a) los afectados por la exclusión conforman un grupo de personas que históricamente han sido discriminados y que las consecuencias de esa discriminación persiste en la actualidad; b) la restricción al derecho de casarse de los contrayentes de igual orientación sexual es muy restrictiva: no pueden optar por casarse o no. Esto implica que no pueden plantearse la posibilidad de contar con las protecciones que surgen del matrimonio civil, además de no poder contar con la posibilidad de reconocimiento social que la institución sigue implicando para algunas personas.]

La Corte ya dijo en el caso Sejean que el derecho a casarse es un derecho fundamental que sólo puede ser restringido si estamos en presencia de un daño concreto a terceros. Es decir que no basta aquí con la mera preferencia personal de un conjunto de individuos para establecer cómo la otra persona quiera unirse y tener reconocimiento civil. ¿Se entiende? La sumatoria de las preferencias personales (tengan éstas contenido religioso o no) de un conjunto de personas no es una razón constitucional de peso suficiente para privar del derecho a casarse a personas de igual sexo que quieren ejercer su autonomía (art. 19 CN y art. 20 CN).

Por lo tanto, yo consideraría dos intervenciones realizadas al comienzo de la reunión. En primer término, la de la doctora Lubertino, quien daba cuenta de que el derecho existe y es exigible. Ella se refería en diferentes dimensiones a los derechos de las personas con igual orientación sexual y daba cuenta de que existen vías administrativas y judiciales para exigir el cumplimiento de ese derecho.

Ahora bien, creo que la doctora Lubertino también daba en el clavo cuando decía –si entendí bien‑ que este derecho también exige un desarrollo legislativo de parte del legislador. Y digo esto porque el tener que peregrinar por oficinas administrativas y judiciales ya implica una distinción de trato arbitraria incompatible con el mandato de igualdad constitucional (arts. 16 y otros de la CN).

¿Por qué en determinadas circunstancias unas personas pueden acceder libremente a una ventanilla y obtener un turno mientras que otras tienen que iniciar una acción administrativa y/o acción judicial para reclamar por su derecho?

En segundo término, retomando la intervención del señor Poveda, diría que estamos en presencia de una obligación que el Estado está cumpliendo, pero en forma insuficiente.

El derecho a casarse no implica sólo un derecho de no intervención. El derecho a casarse es un derecho de prestación. Esto significa que exige al legislador que cumpla con su obligación de desarrollo legislativo.

Prueba de esto es el Código Civil que realiza este desarrollo legislativo. Lo que pasa es que ese Código Civil hoy en día no toma en cuenta las razones constitucionales, es decir, aquellas que devienen de la propia Constitución, y que obligan a incluir el matrimonio entre personas de igual sexo.

No es cierto que no exista el derecho a casarse para personas de igual orientación sexual. Basta con ver nuevamente el artículo 20 de la Constitución Nacional. Me parece que este artículo cobra aún mayor importancia cuando es interpretado con los principios de igualdad y de autonomía ya explicados en la intervención de Roberto Gargarella.

Mi segundo argumento es breve, y en algún sentido quisiera refutar el uso de lo que podría llamarse el examen de razonabilidad o de proporcionalidad. Hay que tener bastante cuidado con las fuentes con las que uno trabaja para examinar –entre comillas- la idoneidad del medio para promover determinados fines.

La primera pregunta es: ¿cuál es el fin que habrá querido perseguir el legislador cuando aprobó la norma del artículo 172? Es muy difícil determinarlo, porque cada vez que uno piensa en un fin, esos fines suenan a discriminaciones arbitrarias; es decir, suenan a excluir expresamente a ciertas personas que tienen determinadas orientaciones sexuales, o aun peor: tal vez ni se lo plantearon (es decir, tal vez ni se percataron que con esos fines estaban discriminando arbitrariamente a las personas de igual orientación sexual).

Eso quiere decir que en el momento en que se discutió la norma ese grupo de personas estaba totalmente invisibilizado, no tal vez en la sociedad, pero sí en esa discusión legislativa.

Entonces, si retomamos esas intervenciones nuevamente vamos a ver que en forma recurrente aparece la finalidad de la procreación. De manera que el artículo 172 del Código Civil, interpretado de forma tradicional ‑que excluiría el casamiento entre personas con igual orientación sexual‑, estaría promoviendo –entre comillas- la finalidad de procreación. Esto es algo que refutó con claridad el doctor Gargarella.

En igual sentido sostengo que no existe una relación tan necesaria entre el medio y esta finalidad porque entonces, ¿estaríamos dispuestos a decirle a las parejas de diferente orientación sexual que no pueden casarse porque no quieren o no pueden procrear? O sea que si el legislador quiere tratar a todos con igual consideración y respeto, ¿estaría dispuesto hoy a excluir a este grupo de personas?

Esto es un mero examen de razonabilidad. No estoy trabajando aún con un tipo de examen de igualdad bien estricto sino tratando de demostrar que aquella lógica interna de esa norma en que el legislador del 80 quiso sostener esa finalidad desde el vamos no se sostenía. ¿Por qué? Porque no existía esa relación tan necesaria y estrecha –que aún hoy siguen argumentando- entre el medio y el fin.

Por otra parte, si es tan importante esa finalidad de procreación, uno podría preguntarse qué tiene que ver el matrimonio con esto, porque se puede procrear fuera de éste. Entonces, nuevamente esta no podría ser una razón de peso para excluir del artículo 172 –o del que fuere, según cómo se modifique- al casamiento entre personas o contrayentes de igual sexo.

Por último, creo que esta argumentación forma parte de una jurisprudencia de la Corte, es decir que no vengo acá a sostener algo que no forme parte de argumentaciones que se den en otros lugares. Se trata de seguir la jurisprudencia de la Corte, que viene de los casos Bazterrica, Portillo, Sejean y ALITT - para mí este último es el precedente clave.

Si uno toma en cuenta el caso Sejean, donde la Corte declara la inconstitucionalidad de la ley de matrimonio civil, que no permitía el divorcio y la readquisición de la aptitud nupcial, y hoy en día lo relaciona con el fallo en el caso ALITT ‑donde la Corte ordena a la Inspección General de Justicia que le otorgue la personería jurídica a una asociación de personas travestis y transexuales‑, [ahí la Corte enfáticamente se manifiesta en el sentido en que anteriormente habló mi colega (me refiero a R. Gargarella), de que la democracia no significa uniformidad ni tampoco homogeneidad], entonces surge claramente que es una obligación constitucional la inclusión de matrimonios entre personas de igual orientación sexual.

Es paradójico, porque es el Poder Judicial que muchas veces no es progresista quien está poniendo en mora al Congreso.

La posibilidad de convivencia pacífica se da no sólo si tenemos en cuenta la moral, entre comillas, de la mayoría, sino también las opciones de cómo convivir y mantener una relación estable - mientras dure - que proviene de otras cosmovisiones, de otras posiciones morales que pueden tener contenido religioso o no. La Corte señala (en ALITT, entre otros precedentes) que existe un derecho a ser diferente. Y no reconocer este derecho a ser diferente atenta contra una convivencia, entre comillas, pacífica.

En suma, sostengo que la interpretación tradicional del Código Civil que niega a las personas de igual orientación sexual el derecho a casarse es inconstitucional por implicar una discriminación aribitraria. Asimismo, sostengo que de los argumentos que surgen del derecho a casarse (art. 20 CN), de la autonomía (art. 19 CN) y de la igualdad (art. 16 CN) el legislador está obligado a modificar las normas de derecho común para incluir el matrimonio entre personas de igual sexo.

(Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Continuamos la reunión con la misma consigna y objetivo de exponer durante diez minutos.
Tiene la palabra el señor Sauán, licenciado en Psicología de la Universidad del Museo Social Argentino.

Sr. Sauán.- Señores diputados, señoras diputadas: quiero basar mi ponencia en estudios científicos de reconocidos psicólogos, psiquiatras e instituciones que trabajan con la salud mental.
He ido borrando algunas cosas porque se han dicho. Quiero decirles...
- Varios señores asistentes hablan a la vez.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Perdón, antes de seguir voy a pedir que hagamos silencio. Hay mucho murmullo y se hace muy difícil escuchar.
Una vez más pido que mantengamos el buen cauce de un debate que se está desarrollando en los mejores términos en una materia cuya consideración realmente es un deber importante de todos.
Continúa en el uso de la palabra el señor Sauán.

Sr. Sauán.- Después puedo entregar una copia de mi discurso a la Presidencia. Allí constan las citas de los libros y publicaciones de las instituciones a las que me voy a referir.
¿Por qué apoyamos esta postura que rechaza el matrimonio entre personas del mismo sexo y venimos ante el Congreso Nacional, que sabemos que nos representa a todos? Celebramos por eso: la posibilidad de debatir e intercambiar ideas.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 17, inciso 2), reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia.
Entendemos como terapeutas que hacer que la orientación sexual sea un derecho humano es el primer paso para cambiar la definición del matrimonio y para normalizar tantas otras formas de unión sexual.
Acorde a la presión ejercida en la modificación del derecho, el significado de las palabras, que en psicología son muy importantes, está siendo manipulado.
Para los promotores del nuevo lenguaje de los derechos humanos, salud reproductiva incluye aborto. y el concepto de familia incluye a cualquier otro tipo de uniones. Desvirtúan de esta manera el concepto de matrimonio, y también reemplazan el término “familia” por “parentalidad”, y “esposos” por “cónyuges”.
Es necesario recordar que de acuerdo con la ley natural, expresión muy rechazada por las nuevas ideologías y las leyes de la mayoría de las naciones, el matrimonio es sólo la unión de un hombre y una mujer.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos está basada en el hecho de que cada ser humano tiene derechos inalienables debido a su dignidad intrínseca. El origen de los derechos humanos se encuentra en la ley de la naturaleza. El derecho a la vida y el derecho a la familia son derechos naturales fundamentales.
Entonces, ¿constituye un derecho la homosexualidad? ¿Forma parte de las necesidades intrínsecas a la naturaleza humana o es una opción de vida? ¿Constituye un deseo, un derecho, una decisión, un comportamiento determinado?
La mayoría de los investigadores considera a la homosexualidad como una conducta adquirida durante el curso del desarrollo psicosexual del individuo, que encuentra en su evolución elementos que desviaron el curso de su orientación. No se nace homosexual; ningún estudio médico científico ha revelado aún el origen biológico de la homosexualidad, pero sí son muchos los estudios que revelan el condicionamiento psicológico de ella. Por lo tanto, la homosexualidad no constituye una necesidad natural ni fundamental del ser humano. Y si le conferimos derecho a la orientación homosexual, otras orientaciones querrán ver reconocidos sus reclamos.
Un estudio, entre tantos, realizado por la psicóloga Trayce Hansen, utilizando muestras poblacionales mixtas y amplias, revelan que el comportamiento homosexual no es determinado genéticamente. Más bien, los datos indican que la sexualidad humana es flexible y que las experiencias e influencias ambientales pueden y de hecho dan forma a su expresión.
Hay un hecho muy importante que quiero resaltar y está muy ligado a la disciplina que represento. En 1973 la APA Asociación Psiquiátrica Americana retira del Manual de Desórdenes Mentales a la homosexualidad. Este es un argumento que esgrime permanentemente la comunidad homosexual, pero es necesario decir que es una verdad a medias, ya que esta decisión de no ser considerada un desorden emocional estuvo basada en una determinación política más que en una evidencia científica. Los investigadores de este hecho expresan que en los años previos al encuentro anual de 1973 se dieron repetidos intentos por parte del activismo gay de influir en el Congreso de Psiquiatría Americano utilizando diversos métodos de presión y a fuerza de repetidas obstrucciones por un lado, posiciones, y por el otro, la imposibilidad de encuadrar a la homosexualidad entre los estereotipos de psiquiatría específicos se logró eliminarla.
Esto queda demostrado en 1998, cuando la misma ILGA Asociación Internacional Lésbica Gay expresa en un boletín interno estas textuales palabras: “Desde un principio la ILGA fue un instrumento para la eliminación de la homosexualidad de la clasificación internacional de enfermedades de la OMS, y continuaremos trabajando”.
Ahora bien, un dato importantísimo, y me gustaría que todos los señores diputados y diputadas escuchen esto: el 9 de mayo de 2001 los principales diarios de Estados Unidos dan cuenta de una importante definición en el Encuentro Anual de Psiquiatría por parte de Roberto Spitzer, jefe de Investigaciones Biométricas y profesor de Psiquiatría de la Universidad de Columbia, en Nueva York, quien había sido una figura de liderazgo en la APA cuando se retira la homosexualidad del DSM IV.
Él dijo que estadísticamente “la homosexualidad puede ser revertida bajo tratamiento psicológico”. La comunidad gay intervino justificando su declaración, asegurando que el científico estaba influenciado por la religión. Spitzer respondió que seguía siendo agnóstico y que en los treinta años de investigación, a partir de 1973, había sido testigo de muchos cambios en la conducta homosexual. También le dijeron que muchos homosexuales caían en depresión e intento de suicidio por intentar cambiar, a lo que Spitzer respondió que sí, pero que también muchos caían en depresión y llegaban al suicidio cuando se encontraban con terapeutas que les expresaban que no se podía cambiar.
Es bueno saber que la Asociación Americana de Psiquiatría (APA) acaba de admitir que es ético –y puede resultar beneficioso- que los terapeutas ayuden a sus pacientes a rechazar los impulsos homosexuales. Este cambio de rumbo resulta sorprendente si se tiene en cuenta que hasta ahora la terapia más generalizada entre los psicólogos era la afirmativa, es decir, la que dirigía a pacientes a admitir, reforzar y desarrollar su orientación sexual.
También quiero citar el texto de la página 488 de Essentials psychopathology and its treatment Psicopatología esencial Editorial Norton & Company, que es el texto básico usado en la mayoría de los programas y escuelas de medicina psicológica, que dice así: "Aunque muchos proveedores de cuidados de salud mental y asociaciones profesionales han expresado un escepticismo considerable de que la orientación sexual pudiera cambiarse con psicoterapia y también suponían que los intentos terapéuticos de reorientación producirían daño, la evidencia empírica reciente demuestra que la orientación homosexual puede cambiarse terapéuticamente en clientes motivados, y que las terapias de reorientación no producen daños emocionales cuando se intentan”.
También la NARTH Asociación Nacional de Investigación y Terapia al Homosexual , una institución estadounidense no religiosa encabezada por el prestigioso Joseph Nicolosi, certifica esto último tras años de asistencia y tratamiento a cientos de personas que lo requirieron.
Debemos dejar en claro que la NARTH es una institución científica que trata a homosexuales que llegan en busca de terapia, no por ser atormentados por la religión o la moral sino por una forma de vida que quieren dejar. Éstas son, señores diputados, demostraciones científicas, no ideologías sobre derechos humanos.
Queremos decir también que psicológicamente el matrimonio homosexual establece una discriminación hacia las otras personas que viven juntas sin compartir una relación de tipo sexual, y son muchas.

Varios señores asistentes hablan a la vez.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Por favor, silencio; vamos a dejar que en el marco del respeto y del cuidado continúe el licenciado Sauán en el uso de la palabra.

Sr. Sauán.- Hoy la ideología de género postula que la sexualidad se construye según el deseo de cada uno.
Pero por todo lo dicho anteriormente con sustento científico, nosotros como terapeutas sostenemos que la homosexualidad no sólo es una conducta adquirida sino que también es aprendida. Y sobre algo aprendido, ¿se puede hacer una ley?
Por esto quisiera citar al sabio y filósofo francés Montesquieu cuando en El espíritu de las leyes afirmó: “Una cosa no es buena porque se haga ley; debe ser ley porque es buena.”
Entonces cabe formular una pregunta. Si todas las orientaciones tienen derecho al matrimonio, en el caso de un bisexual, ¿se le otorgaría un doble matrimonio?

Varios señores asistentes hablan a la vez.

Sr. Sauán.- Estamos acá para defender el matrimonio y la familia formada por hombre y mujer como el elemento natural y fundamental de la sociedad que tiene derecho a la protección de la misma.
Podemos decir lo que tampoco se está diciendo y queremos expresar: que este discurso sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo lleva implícita la adopción de niños.
Desde lo psicológico decimos que un niño educado por dos padres del mismo sexo carece de figuras parentales con las cuales identificarse. Por lo tanto, eso perturba el desarrollo psicosexual del niño. Asimismo contradice la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por Asamblea de la ONU en 1959, que señala que un niño tiene derecho a crecer en su medio ambiente natural.
El derecho reclamado por los homosexuales responde al deseo de ser padres y no a las necesidades intrínsecas del niño de tener las figuras de padre y madre que ayuden en su desarrollo psicosexual.
Si bien existen familias que están a cargo de un solo progenitor, los niños educados en ellas mantienen el concepto, la estructura de padre y madre, mientras que los niños educados por parejas homosexuales distorsionan el concepto de matrimonio.
Cuando se expresa que el niño sólo necesita amor, es necesario tener en cuenta que también las mascotas necesitan amor...
Varios señores asistentes hablan a la vez.
Sr. Sauán.- ...pero el niño para su desarrollo emocional y psicosexual necesita un...

Sra. Presidenta (Ibarra).- Licenciado, le pido que tenga cuidado con las expresiones porque acá nos estamos manejando en el marco del respeto. (Aplausos.)
Estoy hablando en nombre de las dos presidencias y no lo dudo de la totalidad de los diputados y las diputadas. La defensa de los derechos humanos y el respeto a la dignidad humana en este Parlamento son sagrados, así que de ninguna manera vamos a permitir aquí ese tipo de expresiones. (Aplausos.)
Solicito nuevamente que nos mantengamos en el respeto. Acá todos somos personas y a todos nos pueden herir los sentimientos. Con mucho respeto vamos a continuar la reunión, y solicito al licenciado que se atenga a lo que todos los expositores vienen cuidando, más allá de sus expresiones.

Sr. Sauán.- Señora presidenta: quiero pedirle disculpas. No era la intención, sino solamente quería dar un ejemplo.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Agradecemos las disculpas.
Por favor, continúe con su exposición.

Sr. Sauán.- Finalizando, la población homosexual no es la única que sufre discriminación:
hay otros grupos que la sufren, y justamente a veces por parte de la comunidad homosexual.
Como terapeuta soy testigo de la persecución de quienes intentan cambiar o rever su homosexualidad. Hace pocos días -y estuve presente-, en una escuela de Versalles se llevó a cabo una conferencia donde varios jóvenes se propusieron dar testimonio de que se puede salir de la homosexualidad. La comunidad homosexual convocó a sus adherentes a que vayan al lugar con el propósito de repudiar el encuentro.
Desde esa escuela se los invitó a entrar y dialogar, por lo que terminaron yéndose. ¿Quién estaban discriminando a quién?
- Varios señores asistentes hablan a la vez.

Sr. Sauán.- Como terapeuta, soy testigo del miedo vivido por personas a las que trato, que intentan dejar la homosexualidad y necesitan expresarlo pero se sienten amenazadas para hacerlo.
Señores diputados: la institución familiar formada por la unión del hombre y la mujer, formada por el vínculo del amor, a pesar de las fuerzas de desconstructivistas que ha padecido en estos últimos años, sigue constituyendo el primer centro de salud mental para la vida de sus integrantes y para la sociedad de la que formamos parte.
En nombre de esa sociedad que ustedes representan les pedimos que creen leyes que protejan a la familia y que no la destruyan.
En este día les pedimos que defiendan a la familia, esa institución donde ustedes crecieron. Ustedes tuvieron el derecho a criarse en una sociedad con hogares formados por padre y madre. Permitan que las próximas generaciones gocen de los mismos derechos. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Daremos ahora la palabra al doctor Alfredo Grande, quien es médico psiquiatra, psicoanalista y profesor titular de Teoría Psicoanalítica de la Asociación Escuela Argentina de Psicoterapia para Graduados. Pondremos su Curriculum Vitae a disposición para quienes deseen consultarlo.
Tiene la palabra el doctor Grande.

Sr. Grande.- Creo que es imposible evadirse del espíritu de este apasionante debate. Tengo un par de cosas para decir; por suerte muchas ya se han expresado.
De alguna manera es cierto que mi enfoque tiene que ver con la salud mental, estrictamente con los mecanismos de producción de subjetividad.
Un currículum tiene una parte encubridora y otra descubridora. Lo único que quisiera agregar a lo que dijo la señora diputada es que desde abril soy miembro de honor de la Sociedad de Psiquiatría de Cuba y que realmente no soy constructivista porque siempre fui socialista, por lo que esos términos no son los que más me identifican.
¿Qué estamos discutiendo hoy? Parafraseando a Serrat, diría que este es uno de esos pocos momentos en que la democracia nos besa en la boca: estamos debatiendo sobre lo fundante en la cultura. Creo que acá estamos dando una batalla cultural. No será la última ni la primera, pero es una batalla cultural, y en ella nuestras armas son las palabras.
Freud –una de mis pocas fuentes de razón y justicia- decía que cuando uno cede en las palabras termina cediendo en las cosas. Entonces, las palabras no pueden ser propiedad privada de la cultura represora. Las palabras son de todos y tenemos que llenarlas de contenido. En ese sentido, la palabra “matrimonio” no puede ni debería ser resignada.
¿Qué es lo que aparece en esta insistencia de que el matrimonio es solamente aquello que designa al hombre y la mujer? Pienso que “hombre y mujer” es apenas una metáfora de la alteridad y no otra cosa, y la alteridad no implica solamente diferencia de género sino que es sustantiva a la humanidad.
Si no fuéramos acá todos diferentes y diversos esto realmente sería pensamiento único, y ni siquiera sería pensamiento sino dogma. Sabemos que el dogma es peor que el opio, porque no aburre sino que mata.

Entonces, la metáfora de la alteridad es “hombre y mujer”. ¿Pero por qué esa insistencia en la reproducción? ¿Por qué esa obsesión por marcar un orden natural reproductivo?
Además de todo lo que ya se dijo, me pregunto de qué hombre y de qué mujer se está hablando. ¿Es un hombre en general? ¿Es una mujer en general? ¿Es la mujer que al amor no se asoma para seguir llamándose mujer? No. Es un hombre muy específico: es un patriarca, que es el dueño, el que tiene la propiedad privada de los medios de reproducción, es aquel que va a hacer un hijo a su imagen y semejanza para que continúe la magna tarea de acumular capital; o sea, es un heredero.
Lo que la cultura patriarcal capitalista propone no son hijos sino herederos, primogénitos, linajes de apropiadores. Por eso la difusión del matrimonio es fundamental, porque tenemos que mostrar y demostrar que otro matrimonio es posible.
Por supuesto acá se trata de un orden natural, pero de otro, del que se llama la naturaleza cultural. A mi criterio la naturaleza cultural claramente tiene tres registros: el registro de la necesidad básica y siempre satisfecha; el registro del deseo, que es la vivencia placentera de la satisfacción de esa necesidad; y el registro del derecho, que es la garantía histórica, política y jurídica para que necesidades y derechos estén garantizados. De eso se trata. Y esta iniciativa, este intento de modificar el Código Civil, avala ese derecho natural cultural.
No se trata de duración. Ya el artista había dicho que no se trata de durar sino de honrar la vida. Desde el punto de vista profesional, conozco muchas duraciones que son miserables por el solo intento de durar o llegar a aniversarios supuestamente afectivos.
Creo que tenemos que poner en superficie que este tema del matrimonio no solamente pensado para el hombre y la mujer sino fundado en la necesidad, el deseo y el derecho se transforma en un potente analizador.
Creo que esta propuesta de modificación beneficia a todos, incluso a los heterosexuales que estamos muchas veces acartonados en una especie de mandato heterosexual por el cual ciertas cosas tienen que funcionar.
Hace poco tiempo presenté en la Legislatura un trabajo no sé si está presente el colega que habló anteriormente, pero se lo voy a enviar que se denomina Euforia de género. Trastorno heterosexual de las personalidades. (Aplausos.) Su nombre se debe a que también uno se puede curar de la heterosexualidad. Este proyecto ayuda a los heterosexuales que están absolutamente agotados de su heterosexualidad y no se animan realmente a cambiar la identidad de género, aunque realmente mejoran mucho. (Aplausos.)
También se trata de enfrentar los determinantes objetivos y subjetivos de la cultura patriarcal. Creo que el gran mérito de estas propuestas, de estos proyectos de ley, es que va al núcleo duro en que se funda la cultura patriarcal. Y tenemos muchos enemigos, pero también la cultura patriarcal es uno de ellos.
La iniciativa en tratamiento no obliga a que un heterosexual no se case, deje de hacerlo o se divorcie. Pasamos por la misma situación con la ley de divorcio. Parecía que ello era obligatorio, y esto ocurre porque el pensamiento reaccionario cree que todo es obligatorio.
Por ese motivo yo decía que había tres espacios: la pareja, el matrimonio y el servicio sexual obligatorio. Soy médico y sé de lo que hablo. Voy a dar un ejemplo. Los médicos a veces preguntaban a las mujeres: “¿Su marido la molesta muchas veces?” Ello demuestra que había toda una idea de la obligatoriedad de la sexualidad.
Sin embargo, esta iniciativa no obliga a nadie sino que apuesta exclusivamente a la subjetividad del deseante. Por eso es una ley hermosa, mientras que otras no lo son tanto.
La ciencia avaló el nazismo. Por eso, a mí me hablan de la ciencia y tiemblo; hasta muchas veces me conforma más el arte que la ciencia.
Por último, a través del derecho esta ley amplifica lo que yo denomino la naturaleza puntual: necesidades básicas satisfechas, deseos cumplidos y derechos que protegen. Por eso creo que estamos en una batalla cultural hermosa y me siento orgulloso de participar en ella.
Siempre me pregunté por qué no había una marcha del orgullo heterosexual. Y no debe haberla porque nadie pelea por ser heterosexual. Como bien se dijo acá, es tan natural que uno ni siquiera se lo pregunta.
Yo creo que es valioso que aquellos que luchan por lo que desean tengan su orgullo. Es el único orgullo que yo considero legítimo.
Por lo tanto, creo que estamos asomándonos a un momento muy importante, donde el cambio pueda abrir un nuevo horizonte y éste pueda ser patrimonio cultural de la humanidad. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Le vamos a dar la palabra a la doctora Analía Graciela Pastore, abogada egresada de la UCA, profesora adjunta de Filosofía del Derecho e investigadora en bioética jurídica.

Sra. Pastore.- Saludo a todos ustedes, tengan buena tardes y agradezco sinceramente esta invitación para poder participar en este crucial debate.
Ambos proyectos de ley cuyo tratamiento hoy nos convoca coinciden en invocar entre sus fundamentos la necesidad de reconocer una cierta realidad social que, en el caso, estaría representada por la constatación de uniones o parejas entre personas del mismo sexo.
No es necesario ser avezado en la materia para reparar en que el referido criterio del reconocimiento de la realidad social jamás resulta determinante de un consiguiente reconocimiento jurídico. Por el contrario, son motivos puramente ideológicos esencialmente valorativos los que pretenden imponerse al proponer conceptualizar el matrimonio como un hecho cultural y no natural.
Existe una innumerable cantidad de actividades ejercidas en privado que no obstante formar parte de la realidad social se encuentran intervenidas y limitadas en la vida pública en pos de un modelo socialmente deseado.
Eso importa la idea de un valor social previo que determina la limitación marcando la distancia existente entre la libertad del sujeto esencialmente limitada y el bien de la sociedad o el bien común.
Nada ni nadie impide a las personas vivir su vida como quieran, libremente. El problema surge cuando el ejercicio de su libertad les resulta insuficiente y pretenden que la ley se modele de acuerdo con sus deseos.
No es sostenible para una sociedad la necesidad de empaquetar con leyes deseos sexuales individuales. Lo contrario importa confundir la libertad de obrar en el ámbito de la vida privada con el reconocimiento social de todo comportamiento independientemente de sus consecuencias en el entorno social.
El recurso estratégico a la sanción legal como mecanismo para conquistar la normalidad de determinadas preferencias o deseos sexuales pretendiendo exhibirlas públicamente en lugar de mantenerlas en el ámbito privado, en el espacio de la libertad personal, constituye la raíz del planteo y conlleva el riesgo cierto de desestabilizar a la sociedad.
En toda actitud sobre estas cuestiones siempre subyace una opción moral, no obstante la clara diferencia existente entre moral y derecho. Mientras que la moral aspira a garantizar al hombre su plenitud, al derecho tan solo le interesa que los hombres vivan humanamente pretendiendo garantizar un mínimo ético. El problema reside en definir cuáles son los mínimos exigibles para garantizar la convivencia humana, cuya solución siempre implicará un juicio moral sustentado en una determinada concepción antropológica.
Cuando ese juicio es errado se habla del derecho de estar al servicio del hombre para proteger sólo a una parte de los humanos a costa del resto. Es obvio que no cabe derecho sin ética. Insistir en que no se deben imponer nuestras convicciones a los demás deja de ser un consejo inocente cuando conlleva obligadamente que se acaben imponiendo otras minoritarias. Termina tratándose de que nos autoimpongamos las convicciones del que nos prohíbe imponer a los demás las nuestras, sin que las suyas sean sometidas a un mínimo debate.
La estructura básica de la sociedad se encuentra en el matrimonio monogámico y heterosexual. (Aplausos.) Esa aseveración plasmada en nuestra norma fundamental de manera clara y contundente –obvio la cita, pero está aquí, al pie de página se sustenta en un dato fácilmente constatable en la realidad.
En España, uno de los países referidos por los proyectos de ley, el 84 por ciento de los hogares familiares están constituidos por familias originadas en el matrimonio, cifra que asciende al 90 por ciento si se adicionan aquellas basadas en la convivencia de hecho.
La dimensión cuantitativa que resta, y en la cual se ubican las denominadas nuevas familias, se destaca por resultar considerablemente exigua. Entre ellas, el grupo predominante apenas alcanza el 1,5 por ciento de los hogares familiares que se hayan constituido por familias fruto de la nueva unión entre personas en las que al menos una de las dos es divorciada. En tanto que en cuanto al número total de las parejas homosexuales, entre las cuales los matrimonios homosexuales constituyen apenas una mínima fracción, al año de aprobación de la ley de matrimonio homosexual se registraron en toda España tan solo 1.275 matrimonios, que representan un escaso 0,07 por ciento.
A partir del matrimonio se articulan relaciones ascendentes, colaterales y descendentes de consaguinidad y de afinidad, constitutivas del parentesco, de insustituible importancia en la articulación de la sociedad y su actividad económica.
Las posibilidades de prosperar están todavía hoy muy marcadas, no sólo por las características particulares de los padres sino y especialmente por el parentesco, configurando su destrucción un real peligro para la persona que se encuentra de tal modo inerme ante la adversidad afectiva y económica.
Como la importancia práctica del parentesco es directamente proporcional a los menores conocimientos para una buena inserción social, su destrucción, si bien daña a toda la sociedad, afecta principalmente a los débiles o desaventajados.
El matrimonio y la familia que conforman ese modelo insustituible y socialmente valioso, reconocido, protegido y preferido histórica y jurídicamente, responden a una determinada concepción antropológica.
El sentido de la diversidad de sexo se expresa en un plano de igualdad en el que la naturaleza humana existe de modo único e igual en el varón y en la mujer, en la complementariedad de varón y mujer y la afectación de la función generativa y de la estructura accidental de la personalidad psicológica.
Se advierte sin esfuerzo que varón y mujer son iguales y a la vez diferentes. Ambos son personas y participan de una misma naturaleza y dignidad, mientras que la diferencia ontológica conduce a la complementariedad.
Al constatar la diferencia en la común igualdad, reconocemos la interdependencia recíproca y la necesidad de la complementariedad para la realización personal.
Esa distinción y complementariedad de los sexos se realiza en el amor conyugal propio del matrimonio. De tal forma el matrimonio no es una institución jurídico social en cuyo interior se legitima el desarrollo de la sexualidad sino que, por el contrario, es el desarrollo de la inclinación natural, de la sexualidad acorde con la estructura ontológica de la persona humana y conforme a la naturaleza personal del hombre.
De ahí que no corresponda plantear el derecho a contraer matrimonio como un derecho a la libertad en el ejercicio de la propia sexualidad, sino como el camino humano y humanizante en el uso de la sexualidad, que no es un simple instinto corporal sino una tendencia que tiene su fundamento en la persona humana asexuada, y por lo tanto en la complementariedad varón-mujer, lo cual implica a la persona en sus niveles corporal y espiritual.
Aquellas sociedades en las que el matrimonio no ha dado lugar a una estructura delimitada y hegemónica donde la función prioritaria del hombre y de la mujer fuera educar a la prole, han visto irreparablemente obstaculizado el camino para su desarrollo y crecimiento.
Tan importante es esta infraestructura social que cuando se producen determinadas condiciones que la hacen inviable el Estado asume una función subsidiaria e intermediaria de carácter temporal orientada a dar, por ejemplo en función del desamparo, un nuevo vínculo de maternidad y paternidad a través de la adopción.
Por tratarse de un tópico directamente comprometido con las propuestas de ley en análisis, se torna imperiosa también una breve referencia a las consecuencias y efectos que la homoparentalidad ejerce en el desarrollo psicoafectivo del niño.
Constituye un error recurrente plantear la homoparentalidad únicamente desde la perspectiva de la necesidad de equiparación de las parejas homosexuales a las heterosexuales. Esto es así, en primer lugar, porque la homosexualidad no constituye en sí misma una categoría especial de persona merecedora del reconocimiento particular de ciertos derechos que en general son atribuibles a todas las personas por igual, y en segundo lugar, porque en el debate debe priorizarse el interés del niño como principio rector supremo y programático de efectividad inmediata.
Si como lo reafirma el Preámbulo de la Convención sobre los Derechos del Niño, la familia es el medio natural para el crecimiento y bienestar de los niños, sólo queda por esclarecer si es posible la crianza, educación y desarrollo armonioso del menor en un hogar constituido por una pareja homosexual. En otras palabras, la búsqueda debe orientarse a revelar si la heterosexualidad parental representa algún beneficio significativo para el niño que, en consecuencia, la imponga inexcusablemente en pos de la ineludible consecución y preservación de su bienestar supremo.
En este terreno de la investigación científica se ha podido concluir que en los niños criados por parejas de homosexuales son más frecuentes que en la media de la población ciertas conductas o situaciones que en general resultan desfavorables para ellos.
Todo lo que paso a enumerar está documentado al pie de página, y dejo la documentación para quien lo quiera constatar.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Solicitamos a la doctora Pastore que vaya redondeando su exposición.

Sra. Pastore.- Así, resultan desfavorables los problemas psicológicos, los trastornos de conducta, las experiencias traumáticas, la presencia de conductas o identidades homosexuales.
Por otro lado, las personas homosexuales experimentan con más frecuencia que la población en general ciertas situaciones desfavorables, como una salud en general más deteriorada y conductas de riesgo en sus relaciones afectivas.
- Manifestaciones en el público asistente.
Sra. Pastore.- Tres han sido las áreas principales de investigación científica en la materia. Primero, la relación social de los niños con sus pares y adultos; segundo, el desarrollo personal o psicosocial de los niños, y tercero, el estudio de la identidad sexual, en especial de la identidad de género individual, de los roles de género en el comportamiento y de la orientación sexual.
Robert Lernes y Althea Nagai evaluaron cuarenta y nueve estudios sobre paternidad homosexual, frecuentemente usados para “probar” que un niño no resultaba negativamente afectado cuando era criado por una pareja homosexual.
Encontraron que todos los estudios sobre los que se basaban estas conclusiones presentaban al menos una grave deficiencia, entre las que señalaron: hipótesis poco claras o mal planteadas, comparación inadecuada de grupos, unidades de medida inválidas, casos que no han sido escogidos al azar, ejemplos demasiado pequeños como para conducir a resultados significativos, falta de análisis o análisis inadecuados, así como que todos los autores de esos trabajos...

Sra. Presidenta (Ibarra).- Solicitamos a la doctora Pastore que redondee su exposición.

Sr. Cigogna.- De todos modos, es muy interesante lo que está diciendo.

Sra. Pastore.- Entiendo lo que dice, señora presidenta. Ocurre que estoy aquí desde las 10 y 30. He escuchado exposiciones de veinte minutos.
- Varios señores asistentes hablan a la vez.

Sra. Presidenta (Ibarra).- En esta reunión de comisión estamos escuchando todas las opiniones.
Doctora Pastore: lo primero que voy a decir es que está muy lejos de mí cercenar la posibilidad de que se expresen. Creo que eso ha quedado demostrado en la forma en que se viene llevando adelante esta reunión. En segundo lugar, también hay gente que, como usted, está aquí desde las 10 y 30. Y no sólo le digo a usted que redondee, sino que vengo pidiendo a cada orador que se limite a hacer uso de la palabra durante los diez minutos estipulados.
Desde ya le digo que nadie le va a cercenar el uso de la palabra, sino que le pido que redondee. Por otra parte, su trabajo será distribuido entre los diputados y diputadas de ambas comisiones.

Sra. Pastore.- ¿Con cuánto tiempo cuento?

Sra. Presidenta (Ibarra).- De los minutos extra que le dimos, le restaban dos minutos para concluir. Le pido ahora que en cuatro minutos redondee porque falta que se expresen tres personas más y luego comenzaremos con la ronda de preguntas.

Sra. Pastore.- Continúo entonces.
Entre las deficiencias señaladas, hay casos que no han sido escogidos al azar, ejemplos demasiado pequeños como para conducir a resultados significativos, falta de análisis o análisis inadecuados, así como que todos los autores de esos trabajos, excepto uno, deseaban influenciar la política pública en apoyo de las familias homoparentales.
Lamentablemente, para poder cumplir con el recaudo que me han impuesto simplemente citaré a quienes opinan coincidentemente con lo que acabo de mencionar.
Belcastro ha analizado otros catorce estudios de los cuales once, al menos, resultaban inaceptables. De la misma forma se pronunciaron Wardle, Steven Nock, Demo y Cox.
Las mayores diferencias según la evidencia se encuentran en las parejas de mujeres homosexuales con hijos varones, debido a que muchas mujeres homosexuales tienen una actitud extremadamente negativa hacia los hombres. Algunas de ellas aún están muy enojadas con sus propios padres y trasladan esa hostilidad hacia los hombres en general y hacia la masculinidad en sí misma, generándose un ambiente en el que será muy difícil para un niño transitar de manera saludable el proceso de identificación masculina.
En el libro Lesbian raising son se revelan numerosos casos de niños que bajo estas circunstancias exhiben un desorden de identidad sexual.
Patricia Morgan examinó otros ciento cuarenta y cuatro estudios. Por otra parte, de manera concluyente cantidad de investigaciones en el área de las ciencias sociales demuestran que los niños criados por su madre y padre unidos en matrimonio se hallan en la mejor situación de bienestar posible frente a aquellos niños criados en el ámbito de cualquier otra situación familiar. A pie de página figuran las citas que documentan esta información.
La importancia decisiva del matrimonio y la heterosexualidad parental resultan hoy día científicamente incuestionables. Quien a pesar de ello, en franca violación a nuestra norma suprema, decida apostar en contra del bienestar social y del especial interés superior de los niños, arriesgando las piezas más valiosas del basamento social, no hará más que perfilarse como único responsable de sus previsibles consecuencias.
Cito: defender la incontaminación moral del derecho no es sino un modo antidemocrático en cuanto se cierra a todo debate de moralizarlo con arreglo a un código ético que, de exhibirse ante la mayoría, sería probablemente rechazado por inmoral. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Solicito a la doctora Pastore que de ser posible deje una copia de su exposición en la Presidencia de la comisión para poder distribuirlo entre los diputados y las diputadas.
Habíamos convocado el doctor Jorge Mazzinghi a esta reunión, pero no ha podido concurrir.
De todos modos, quiero comentarles que están presentes dos personas más para hacer uso de la palabra. Una de ellas defenderá los proyectos y seguramente la otra expondrá en contra.
Sólo falta que tres expositores hagan uso de la palabra y luego se abrirá la ronda de preguntas.
Tiene la palabra el doctor Sambrizzi, abogado egresado de la UBA, profesor y doctor en Derecho Civil.

Sr. Sambrizzi.- Señora presidenta: agradezco la posibilidad de poder exponer en esta comisión sobre este tema tan importante.
Quiero señalar que la admisión por medio de una reforma del Código Civil del matrimonio entre personas del mismo sexo implicaría un supuesto de matrimonio inexistente por carecer de un requisito de orden natural absolutamente indispensable para satisfacer la concepción del matrimonio, que consiste en la posibilidad de generar descendencia por medio de la unión de los esposos.
De allí que las garantías legales ofrecidas al matrimonio no pueden aplicarse a las uniones entre personas del mismo sexo sin crear una falsa visión de la naturaleza del matrimonio, al que el Estado debe privilegiar en cuanto tiende a continuar la especie y es la base de la familia.
El matrimonio es una institución de orden natural que es propia de la naturaleza humana, pues es ésta, en razón de la calidad sexuada del hombre, la que lo impulsa a un consorcio para toda la vida, que se encuentra ordenado dentro de esa armonía que deriva de la naturaleza, además de lograr el bien de los esposos para la generación y educación de la prole, que hace a la mejor perpetuación de la especie. Entiendo que ese es un elemento constitutivo del matrimonio y pertenece a él por su propia naturaleza.
La sexualidad está encauzada a la fecundación y la diferenciación sexual, a la complementariedad, encontrándose orientada al servicio de la intercomunicación personal y de esa manera a la perfección de los integrantes de la pareja.
La misma naturaleza impele a que se establezca cierta sociedad entre el varón y la mujer, y en eso consiste el matrimonio.
Existe pues una abismal diferencia entre el matrimonio y la unión de dos personas del mismo sexo, quedando además en este último caso destruida la generación en forma natural, y si la potencialidad de generar es inseparable de la concepción de familia, ello excluye del concepto a la pareja homosexual, siendo la diversidad de sexo un carácter distintivo del matrimonio.
Son numerosas las legislaciones en las cuales se establece que el matrimonio debe ser contraído entre un varón y una mujer. Si algunas no han incorporado ese concepto en forma expresa es simplemente porque no lo han considerado necesario dado su manifiesta obviedad.
Afirmar que la unión de dos personas de ambos sexos debe ser considerada un matrimonio sería relativizar la noción de esta institución puesto que existen diferencias esenciales entre matrimonio y otras uniones.
Resultaría innegable el daño a los hijos que la pareja homosexual pudiera tener, ya sea por procreación asistida o por medio de la adopción, debido a la privación que sufrirían estos hijos por el hecho de no contar con la figura del padre y de la madre capaces de representar la polaridad sexual conyugal que es fundamental para la identificación sexual de la persona.
Lo expresado no es arbitrario sino que se fundamenta en lo que verdaderamente es un matrimonio que sólo se configura si se trata de la unión de un hombre y una mujer, que tiene ciertas funciones que son consideradas necesarias para la sociedad y que en esencia no pueden ser dejadas de lado sin que la misma quede desvirtuada.
Aceptar lo contrario sería asimilar lo que no resulta asimilable y desvirtuar el concepto propio de matrimonio ignorando por tanto lo que de diferencia hay entre el varón y la mujer, como también que los roles personales y sociales masculinos y femeninos no son los mismos.
Resulta claro que la negativa a que dos personas del mismo sexo contraigan matrimonio no constituye un acto discriminatorio en el sentido peyorativo que se le da a esta palabra. Discriminar es separar, distinguir, diferenciar una cosa de otra; es tratar de forma distinta a dos situaciones que no son iguales y cuyas diferencias son relevantes, lo cual no puede en absoluto tildarse de arbitrario.
A nadie se le ocurriría condenar por discriminatoria, por ejemplo, la disposición que tiene una edad mínima para contraer matrimonio o para vender bebidas alcohólicas a menores de determinada edad, o que no permite contraer matrimonio a dos hermanos entre sí, pues en ello existen razones que la generalidad de la gente y desde ya quien ha dictado la norma considera aceptable como para hacer una distinción al respecto.
La discriminación no es cuestionable en sí misma sino cuando se trata en forma desigual dos situaciones esencialmente iguales. No obstante, existe entre ellas diferencias cualitativas que justifican la aplicación de una solución distinta.
Y así cito a la ley antidiscriminatoria número 23.592/88, que no sanciona la discriminación en general sino que dice textualmente: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional...” Habla de discriminación arbitraria.
Resultaría por tanto erróneo calificar de injusta discriminación el hecho de no admitirse la celebración del matrimonio entre dos personas del mismo sexo, pues en tal caso la discriminación tiene fundamento: se justifica dada la esencial disparidad existente entre ese supuesto y las parejas heterosexuales, que hace que no deba tener el derecho que sí tienen en cambio las heterosexuales de poder celebrar el matrimonio entre quienes lo integran.
Si bien es cierto que podría calificarse de discriminatoria alguna norma que impidiese el matrimonio de personas en razón de su orientación sexual, ese no es el caso de la ley argentina, porque no tiene en cuenta dicha orientación; todas las personas pueden casarse, bisexuales o heterosexuales.
La orientación sexual se encuentra perfectamente amparada y abarcada por el principio de reserva que consagra el artículo 19 de la Constitución Nacional.
Por otra parte, tampoco podría afirmarse con la finalidad de cuestionar la negativa a la celebración del matrimonio de personas de igual sexo y una prohibición en tal sentido violaría la garantía de igualdad ante la ley, que implica gozar de iguales derechos en las mismas circunstancias , ya que no se puede afirmar que sean iguales las circunstancias de las parejas heterosexuales unidas en matrimonio, uno de cuyos fines naturales es la procreación, que las de quienes, por ser del mismo sexo, no pueden procrear.
Sí en cambio sería injusto tratar como iguales relaciones que son desiguales y que no tienen ni pueden tener el mismo significado social. Una cosa es respetar las diferencias, lo que sin duda está bien, correcto y debe tenderse a ello, y otra muy distinta por cierto es favorecer legislativamente determinadas inclinaciones que nada aportan al bien común. Otorgar a esas dos personas del mismo sexo el derecho a contraer matrimonio constituiría en buena parte un contrasentido básico además de un desperfilamiento de la institución matrimonial que a la sociedad no le interesa promover.
Asimismo señalo que para establecer legalmente el matrimonio homosexual deberían derogarse distintos tratados y convenciones internacionales enumerados en el artículo 75 inciso 22) de la Constitución Nacional, a los cuales se les ha dado jerarquía constitucional. De ellos resulta que el matrimonio debe ser contraído entre un hombre y una mujer.
Al respecto quiero citar la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948, la Convención Americana sobre Derechos Humanos más conocida como Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Termino señalando que modificar el Código Civil para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo implicaría un engaño al pueblo que no votó a los legisladores para una reforma de esa naturaleza, que tampoco hallaba en la plataforma de ninguno de los partidos políticos de cierta importancia en cuanto a la causal de votos. (Aplausos.)

Sra. Di Tullio.- Las diputadas y los diputados que quieran pedir aclaraciones podrán hacerlo una vez que los oradores finalicen sus exposiciones.
Tiene la palabra el escritor y periodista Osvaldo Bazán.

Sr. Bazán.- Señora presidenta: no estaba previsto que yo hablara en esta reunión. Simplemente quiero contar algunas cosas.
El niño homosexual y la niña lesbiana están en guerra. No saben el niño homosexual y la niña lesbiana ni que son homosexuales ni que son lesbianas ni que están en guerra.
Cuando un chico judío es atacado por la tontera del afuera, vuelve a su casa y habla con su padre. Entonces su padre le dice: “Hijo, estos son los valores. Esta noche no es como todas las noches. Nosotros tenemos una tradición, tenemos algo y un lugar en donde vos tenés que estar acompañado y no solo.”
Cuando el niño negro vuelve a su casa, atacado por la tontería del afuera, sus padres le dicen: “Hijo, no estás solo.” Le hablan de parto, de una guerra, de una tradición, y le dicen: “Vos estás en esta tradición y tenés estos valores.”
Cuando los niños homosexuales se ven distintos, no pueden ir a su casa porque muchas veces allí está el principal enemigo.
Creo que muchos de los que no son homosexuales o lesbianas tienen mucha dificultad para entender esto. Entender que cuando uno es un chico de ocho, diez, doce, quince años no sabe qué le pasa pero sí que eso no es lo que le ocurre a los demás, o en todo caso, a las mayorías que él ve en los demás. Sin embargo, sí sabe ese chico que todos aquellos que tienen alguna obligación en su cuidado le temen o no lo quieren.
Para la religión, históricamente la homosexualidad y todas las sexualidades no reproductivas fueron un pecado; para la ciencia fue una enfermedad, y para el Estado y las leyes fue un delito.
Díganme cómo hace un chico de doce, trece, catorce años que ni siquiera sabe dónde estar parado para defenderse de la ciencia, de las religiones y del Estado, que están en guerra con él solamente porque nació en un territorio equivocado. (Aplausos.)
Lo que este chico no sabe es que nació en medio de una dinámica de relación entre mayorías y minorías que en general han sido crueles. Él no sabe por qué, pero es así.
En este momento el chico homosexual o la chica lesbiana no saben lo que está pasando en este lugar donde estamos nosotros. No saben que alguna gente tiene una responsabilidad muy seria sobre cómo serán sus vidas en los próximos años.
Hay varias posibilidades que ustedes tienen de ahora en más. ¿Por qué no se hacen cargo las mayorías heterosexuales? ¿Por qué no se hace cargo el Estado heterosexual de que nos trata de una manera distinta? ¿Por qué no le dice a los homosexuales: “Somos mejores; moralmente somos superiores; ustedes no valen porque lo de ustedes es un disvalor? ¿Por qué no los matan?
Varios señores asitentes hablan a la vez.
Sr. Bazán.- Está bien, pido disculpas; me calenté. (Risas.)
Varios señores asistentes hablan a la vez.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Venimos llevando a cabo un esquema de debate con mucho respeto. Pedimos al señor Bazán que continúe haciendo uso de la palabra en esos términos.

Sr. Bazán.- Pido disculpas. Lo que sucede es que este no es mi ámbito y no estaba preparado para hablar.
¿Por qué no se hace cargo el Estado de que efectivamente nos trata de otra manera? Evidentemente, todos tenemos derecho a casarnos, siempre y cuando seamos heterosexuales. A lo que no nos dan derecho es a ser homosexuales. No nos están dando ese derecho porque nosotros precisamos de algunas leyes básicas.
¿Por qué el Estado no se hace cargo de que se queda con la plata de nuestras pensiones y de nuestras herencias? ¿Por qué no se hace cargo de eso, que es lo que está sucediendo?
Hay algunas preguntas que me han hecho desde el desconocimiento básico, desde el prejuicio, cuando se habla del matrimonio entre personas de un mismo sexo. Una de ellas es que si mañana tres personas se quieren casar, ¿habrá que aprobarlo también?
En ese sentido, hay algo muy claro. Hasta ahora no ha habido grandes movimientos –ni en este país ni en ninguno- para que eso ocurra. No hay marchas, no hay quinientos años de tradición de la represión en esto. Si lo hubiese, deberíamos empezar a hablarlo. Pero no lo hay, al menos por ahora. No se ve en la calle la marcha que todos los años se organiza aquí y en el resto del mundo. Si la hubiese, quizás ustedes sí deberían empezar a pensarlo, porque en todo caso el Estado está para dar forma jurídica a lo que la sociedad está haciendo.
En cambio, la sociedad sí convive con estas relaciones homosexuales y lésbicas, que existen desde hace muchísimo tiempo, y con la mayor sinceridad, íntimamente piensen en algún pariente de ustedes.
Otra cosa que me han preguntado es: ¿Y si mañana alguien quiere casarse con un delfín habrá que aceptarlo? Quienes crean que nuestras relaciones son como enamorarse de un delfín, de verdad están hablando más de ellos que de nosotros mismos. Nosotros, al menos por ahora, no nos hemos enamorado de un delfín y no veo que eso vaya a suceder.
También preguntan qué pasa si todos son homosexuales. ¿Nos vamos a quedar sin humanidad? A ningún homosexual y a casi ningún heterosexual se le ocurriría pensar que todos somos iguales. Sólo algunos pocos heterosexuales quieren que todos seamos iguales, y lamentablemente intentaron imponer esa idea con sangre y fuego durante más de quinientos años, cosa que no han conseguido.
Finalmente y perdón por el exabrupto pero no estaba preparado para este momento , quiero decir que estoy muy orgulloso de poder estar acá y que no me importa por qué soy homosexual, porque no me importa por qué ustedes son heterosexuales. No me importa si lo son; lo que me importa es que nos tratemos bien.
Hay una mala noticia, y es que las uniones homosexuales existen desde hace muchísimos años. Contrariamente a lo que decía una señora preopinante, tengo una relación desde hace once años. Casi todos mis amigos heterosexuales que en la misma fecha se pusieron de novios, lamentablemente ya se divorciaron y ahora vienen a llorar a casa. (Aplausos.)
Para terminar, quisiera agregar que cuando se saquen del medio todos los prejuicios, la ignorancia y la crueldad se sabrá finalmente una verdad terrible que estuvo oculta desde hace muchísimo tiempo, y es que la homosexualidad no es nada. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el doctor Onaindia, abogado y profesor de Derecho Constitucional y de Seguridad Social en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UBA y de la UCES.

Sr. Onaindia.- Agradezco muy especialmente a las presidentas de las comisiones y a las diputadas y diputados integrantes de las mismas que me hayan invitado para conocer mi opinión sobre estos proyectos.
Como ciudadano argentino, como ciudadano que decidió enseñar derecho constitucional y derechos humanos con el advenimiento de la democracia y de las universidades luego de veinticinco años, me siento un poco desencantado con la calidad institucional y con el logro de la protección de los derechos humanos, que pensaba que iba a tener un recorrido más satisfactorio.
Verdaderamente he recibido estos proyectos y esta invitación a participar en la reunión como un soplo de aire fresco. Me parece que el hecho de que los diputados de diferentes bloques hayan decidido presentar dos proyectos que tienden a eliminar la discriminación, absolutamente inadmisible en el siglo XXI y en la atmósfera de nuestro país y en el mundo, nos permite renovar una esperanza y tomar un camino de progreso hacia una nueva República democrática mucho más sólida que la que tenemos.
Para analizar los proyectos presentados voy a considerar un principio liminar del derecho constitucional argentino, al que ya hicieron referencia las doctoras Clerico y Basset. Me refiero al principio de razonabilidad, consagrado en el artículo 28 de nuestra Constitución histórica, que sigue vigente tras las diversas reformas.
El principio de razonabilidad se refiere precisamente a cuál debe ser el contenido de las leyes que reglamentan los derechos humanos y cuál debe ser la proporcionalidad entre los fines que las leyes persiguen y los medios que utilizan para conseguirlos.
A mi entender, para analizar estos proyectos de ley es necesario tener en cuenta, en primer lugar, los fines perseguidos por los legisladores, y luego, los instrumentos, procedimientos o mecanismos que las iniciativas presentan para lograr el fin propuesto.
Desde el punto de vista de los fines, a mi entender los fines de ambos proyectos son coincidentes. Quiero señalar que tienen fines loables que intentan terminar con años de discriminación y de humillación, y asimismo pretenden que el Estado argentino, mediante una ley sancionada por el Congreso, brinde un reconocimiento a las parejas diversas, es decir, a las que no han tomado el camino de la heterosexualidad. Y con este objetivo y esta finalidad se permite que estas parejas obtengan el reconocimiento del Estado y accedan a los derechos matrimoniales, de filiación, hereditarios y previsionales que la ley consagra para las uniones heterosexuales. Fundamentalmente les otorga el derecho de reivindicación social, de poder exhibir sus uniones sin tener vergüenza.

Estos son objetivos que están consagrados en el derecho constitucional argentino, que luego de la reforma de 1994 se ha visto enriquecido por las normas internacionales de protección de los derechos humanos.
Aquí voy a plantear una discrepancia con el doctor Sambrizzi, porque creo que estos proyectos no violan ninguno de los pactos llevados a rango constitucional. Muy por el contrario, ambos proyectos coinciden con los conceptos y el enriquecimiento que los derechos humanos consagrados en nuestra Constitución tienen con la incorporación de estas normas internacionales.
Creo también que los objetivos de ambos proyectos tienen la coincidencia de tratar el derecho a la igualdad en el sentido enriquecido que nuestro principio constitucional ha obtenido con toda la incorporación de estos pasos. Aquí hay un concepto nuevo de derecho que ha sido utilizado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir del fallo González de Delgado contra Universidad Nacional de Córdoba. Es un concepto de bloque de constitucionalidad.
Cuando hablamos de derechos humanos en la Argentina, no hablamos solamente de la Constitución: hablamos de los derechos que la complementan y que tienen fuente internacional, que forman este bloque que debe estar protegido por los legisladores.
Este bloque de constitucionalidad se enriquece porque el concepto contemporáneo de democracia es un concepto que –lo ha sostenido el pensador francés (Allen Dylan) supera la democracia representativa del siglo XIX y la democracia participativa del siglo XX. Hoy es democrático aquel Estado que asegure al individuo la mayor libertad posible, la mayor diversidad posible.
Por lo tanto el principio de igualdad para ser democrático necesita asegurar al individuo la mayor liberad en la posibilidad de su expresión. Este es el concepto que debe primar.
Hace casi tres décadas el escritor argentino Manuel Puig sostuvo en la Universidad de Göttingen que lo que asusta es la indiferencia. Por eso los grupos dominantes intentan someter a los diferentes y no comprenderlos.
Esta ley tiene como finalidad comprender a quienes tienen orientaciones sexuales diversas y darles derechos que están consagrados para la Convención de Derechos Humanos.
Desde mi punto de vista, la finalidad de ambos proyectos aprueban con alta calificación el análisis de razonabilidad que propone la Constitución en su artículo 28.
Los instrumentos tomados por ambos proyectos consisten en reformar las leyes actuales que regulan el matrimonio civil y hacer una reforma en el derecho de familia, que data de la sanción del Código Civil de Vélez Sársfield con las reformas del siglo XX, e incorporar la posibilidad del matrimonio entre personas del mismo género.
Creo que hay una cuestión de oportunidad; creo que este es el proyecto posible y por eso las diputadas de distintos bloques y de diferentes corrientes políticas lo han propuesto, pero habría un instrumento superior posible tal vez para la República dentro de unos años , que es una reforma integral del Código Civil para que verdaderamente sea un Código Civil del siglo XXI.
Felicito a los diputados que han invitado a personas de tan diferentes opiniones respecto del tema. La incorporación de estas normas a leyes que han surgido con matrices ideológicas diferentes puede presentar problemas de interpretación tanto para la autoridad administrativa como para la autoridad judicial.
Más allá de esta observación netamente instrumental, creo que los proyectos son idóneos; considero que con ellos se mejora enormemente la calidad de vida de los habitantes de nuestro país.
Alguna vez leí que le habían preguntado al compositor Gustav Maller qué significaba para él componer una sinfonía, y él respondió que era la posibilidad de crear un nuevo mundo teniendo todos los instrumentos a su disposición.
Creo que a partir de las leyes los legisladores cuentan con los instrumentos para modificar el mundo, para crear uno nuevo que seguramente no será la utopía de un mundo feliz pero sí de uno más justo y solidario que en el que hoy vivimos. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Damos inicio a la ronda de preguntas de los diputados y las diputadas, a quienes solicito que se anoten para hacer uso de la palabra.
En principio la idea es formular preguntas a las personas que expusieron en el día de hoy. Entonces, para ordenar la reunión y seguir en el mismo marco de respeto y debate en forma plural, solicito que las preguntas se contesten de la forma más breve posible y de manera puntual, es decir, que no se vuelva a hacer toda una exposición.
Tiene la palabra la señora diputada Merchán.

Sra. Merchán.- Señora presidenta: en primer término voy a hacer una aclaración que quise plantear oportunamente, relacionada con los mandatos por los que estamos acá sentados. Desde nuestro bloque no dudamos de que seguramente muchos diputados y diputadas tienen mandato de mantener las cosas como están. Me parece que está bien y que por eso habrán sido votados.
De todos modos queremos decir que muchos y muchas de nosotras hemos sido votadas para modificar el estado de las cosas. No me refiero a modificarlo solamente durante los tiempos de nuestras plataformas electorales, que son cortos, sino a considerarlo como un elemento en nuestras propias organizaciones sociales y políticas. Y estamos en esta reunión con el mandato de poder introducir una modificación que consideramos vital para la democracia, tal como recién se ha planteado.
Quería hacer esa aclaración porque de ningún modo estamos faltando a la ciudadanía que nos ha votado para representarla en este ámbito.
Por otro lado, quiero agradecer de igual forma a todos los panelistas y las panelistas el hecho de haber estado presentes.
Asimismo quisiera felicitar y decir que me enorgullece mucho que personas tan diversas hubieran escuchado las exposiciones de pie durante tanto tiempo. LO señalo porque no todas tuvieron una silla, como nosotros. Ellas han tenido un enorme respeto y un nivel de tolerancia que realmente es digno de felicitar.
Todos nos hemos sentido heridos en algún momento de las exposiciones. A mi entender eso muestra desde qué lugar estamos dando este debate y cuál es la importancia que tiene para cada uno de nosotros.
Por otra parte, me encantaría decir, preguntar y comentar un montón de cosas; por ejemplo –lo comentábamos recién con los diputados que están sentados a mi lado , lo que ocurre con los niños que se crían en parejas homosexuales. Y lo digo, por un lado, porque en realidad todos los homosexuales han nacido de parejas heterosexuales, y por otro, respecto de la imagen masculina, porque se me acaba de generar una gran duda acerca de cómo soy heterosexual si fui criada por mi mamá y mi abuela.
La verdad es que estas cosas me parecen interesantes. (Aplausos prolongados.) También lo son muchas consideraciones que me imagino que cada uno de nosotros estará haciendo.
Como hemos estado aquí mucho tiempo quiero aprovechar al máximo la presencia de los panelistas, en especial la del señor Poveda, porque se han dado muchísimas cifras que tienen que ver con la violencia entre las parejas.
La violencia familiar es un tema de preocupación de la mayoría de los diputados y diputadas que estamos aquí sentados. Con respecto a la violencia en las parejas homosexuales quisiera conocer las cifras y datos que se han dado sobre la realidad de violencia o de situación compleja desde el punto de vista de la salud de los niños criados en esas parejas, y cuáles han sido las situaciones de desestabilización que generó la ley en España.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el licenciado Poveda.

Sr. Poveda.- Primero debo decir que los datos que hemos oído en cuanto al maltrato en las parejas del mismo sexo son bastante irreales.
Me gustaría poner encima de la mesa un aspecto importante, que creo que todos y todas tenemos claro: el maltrato en las parejas tiene origen machista y lamentablemente se da en las parejas entre hombres y mujeres. Esto es una lacra histórica y social que viven todas las sociedades en las que el hombre, en muchos casos, se cree con derecho sobre la vida de la mujer. Y eso no es una cuestión heterosexual o de parejas homosexuales: es una realidad.
En nuestro país, desde que se aprobó la ley sólo ha habido un caso de asesinato en una pareja entre dos hombres. Pero lamentablemente estamos sufriendo un número que oscila entre ochenta y cien mujeres muertas por el maltrato machista, es decir, por las agresiones sufridas de parte de un hombre a una mujer.
Creo que este ejemplo que se ha puesto de violencia dentro de parejas de un mismo sexo no tiene ninguna credibilidad. En la realidad, los datos cantan. Como dije, ha habido sólo un caso, lo que no quiere decir que no haya violencia en las parejas de un mismo sexo; la habrá, pero ni más ni menos que en otras. Lo que sí hay son más casos de violencia machista.
En cuanto a todos los datos y estudios que se han mencionado, me gustaría hacer una reflexión, y estoy convencido de que las señoras y señores diputados también la van a hacer.
En el proceso parlamentario español se presentaron muchos estudios de las características de los que se han presentado hoy respecto de los cuales se terminó demostrando que eran sesgados y sin aval técnico de ninguna sociedad científica. Algunos de los doctores fueron incluso apartados por su mala praxis. (Aplausos.) Es una realidad que sucedió y que se contrastó en el Parlamento español.
Por el contrario, también pediría a las señoras y señores diputados que miren más de cincuenta estudios sobre familias homoparentales y homomarentales en los que se demuestra que el desarrollo de los niños criados en parejas del mismo sexo –como no podía ser de otra forma es similar al de los niños criados en parejas de distinto sexo.
En la web de la Asociación Latinoamericana de Psicología y de la Asociación Americana de Pediatría pueden acceder a estos estudios, que sí están contrastados para evitar cualquier sesgo. No son estudios encargados con prejuicios sino que primero han sido realizados y luego avalados por asociaciones y sociedades científicas. Me gustaría dejar esto en claro porque es una realidad que estamos viendo.
Por otra parte, me ha dolido especialmente un ejemplo que a mi juicio no tiene nada de científico y sí tiene mucho de prejuicioso.
Decir que las madres lesbianas pueden transmitir odio hacia sus hijos varones porque son hombres me parece de un prejuicio, de un machismo –lo lamento , de una lesbofobia verdaderamente insultante.
Yo reconozco el gran papel que han jugado las mujeres lesbianas en el movimiento feminista y el movimiento de LGBT, brindando una generosidad como pocas lo hacen. Ellas siempre están aparcando y dejando a un lado sus reivindicaciones para estar junto a las de todas las mujeres que están en la lucha contra el IVH. (Aplausos.)
Por último me gustaría comentarles que el número de divorcios de las parejas del mismo sexo es siete veces inferior al de las parejas de distinto sexo. De todos modos, ello no quiere decir que siempre vaya a ser así.
Cuando en España los medios de comunicación me preguntan al respecto, les digo que recién ahora estamos accediendo al matrimonio las parejas consolidadas que lo hemos deseado durante tanto tiempo. Por ejemplo, yo llevo veintitrés años con mi pareja, y si es poco tiempo, pues no lo sé.
De todas maneras, la realidad es que en algún momento el número de divorcios de parejas de igual sexo se igualará al número de divorcios de parejas heterosexuales. No falseemos la realidad.
Curiosamente se hablaba de países como Holanda y los Países Bajos, y se mencionaba que la fuente era el Departamento de Estados Unidos de no sé qué. O sea que fueron a Holanda y a Bélgica a estudiar los divorcios, y no pusieron como ejemplo a España, que es muy similar a Holanda. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el señor diputado Gorbacz.

Sr. Gorbacz.- Señora presidenta: en primer lugar quiero agradecer la presencia de los invitados porque creo que es muy rico el debate y el poder conocer la posición de cada uno de ellos.
No integro ninguna de las dos comisiones que están considerando este tema, pero me adelanté a participar en el debate con la intención de que arribemos a una decisión.
Entiendo que agotada la instancia de las exposiciones y el debate entre los diputados, la presidenta planteará emitir dictamen para considerar el tema en el recinto. Quiero aclarar que estamos en un Parlamento en el cual no solamente debatimos sino que también tomamos decisiones.
Hemos escuchado muchos argumentos. Para mi gusto, una parte de ellos fue muy sólida desde el punto de vista jurídico, y creo que la otra se trató de forzamientos jurídicos para filtrar posiciones sobre concepciones morales de vida, que también son respetables. Sin embargo, tenemos que entender que aquí no estamos para dictar normas de moral o buenas costumbres sino para sancionar leyes que hagan a una sociedad más justa. En ese sentido comparto lo señalado por la diputada Merchán, porque seguramente han incluido en sus plataformas políticas el punto concreto del matrimonio entre personas del mismo sexo.
La verdad es que si les tengo que decir en este momento si fue incluido en la plataforma de mi partido, no lo recuerdo. Pero sí estoy absolutamente convencido de que los partidos políticos que peleamos por la igualdad y por la justicia social no podemos desentendernos de que acá hay una situación de desigualdad y enorme injusticia social. Por lo tanto, la aprobación de esta iniciativa es absolutamente compatible con nuestras políticas y nuestra militancia social.
Me parece importante que se hayan escuchado las voces que están en contra de los proyectos. La presidenta advirtió la semana pasada y es cierto que las posiciones contrarias se plantean de otra manera, tal como ocurrió esta semana; no se expresan como argumentos desde la silla de una comisión o una banca en el recinto, sino desde detrás de los cortinados y en los pasillos.
Hubo pedidos de demorar el tratamiento del tema, de no apresurar el trámite y de dar tiempo a los bloques,
todo lo cual me parece bien, pero también es cierto que los debates tienen sus tiempos y cuando se agotan hay que tomar decisiones.
Valoro que aquí haya representantes de distintos bloques, particularmente del oficialismo, porque hemos tenido adelantos de opiniones de otros bloques de la oposición favorables al proyecto. Todos sabemos que el gran interrogante para poder saber cuál va a ser el proyecto es la definición del bloque oficialista.
En ese sentido me parece muy valiosa la presencia de diputados oficialistas que ojalá puedan poner el tema en la agenda de su bloque y de todos los bloques y partamos de la base de que no necesitamos convencer a todos; con tener una mayoría es suficiente para poder decidirnos a llevar este tema al recinto.
Por último, me pareció que uno de los argumentos más insistentes en contra del proyecto ha sido el de que el matrimonio está íntimamente ligado a la procreación. Esta es la casa de las leyes, y nosotros, así como discutimos esta ley, podríamos discutir otras leyes.
Entonces, pregunto a quienes han planteado este argumento si estarían de acuerdo en aprobar una ley que declarara la nulidad del matrimonio que no tenga capacidad reproductiva. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Tiene la palabra el doctor Vidal Taquini.

Sr. Vidal Taquini.- Se ha preguntado si podría haber una ley que establezca la nulidad del matrimonio de quien no puede engendrar.
En alguna instancia eso es así porque el Código Civil contempla como causa de nulidad del matrimonio la impotencia de uno o ambos cónyuges. Eso lleva a que precisamente no se pueda ni siquiera realizar el acto sexual.
Lo que ocurre es que se comete un error al simplificar la cuestión diciendo que el matrimonio es simplemente procreación. Hay quienes jurídicamente exaltan esa circunstancia, incluso cuando hablan de los fines del matrimonio, pero con ese criterio no se podrían casar los gerontes o aquellos que no tienen aptitud sexual; sin embargo se toleran, se casan y viven bien.
Por lo tanto, el problema es que el matrimonio normal y naturalmente ha sido para el hombre y la mujer. Esta es la razón o la circunstancia por la cual se puede decir por qué ése es el matrimonio, pero no es exclusivo.
Creo que no tenemos que bandearnos, y perdonen este lunfardo que utilizo. La posición es jurídica nada más y deben reconocerse los derechos. Yo digo que tienen que ser mejores, porque hay que pensar que en última instancia acá van a legislar para homosexuales de escasos recursos, porque los homosexuales ricos compran sus bienes en condominio, hacen sus donaciones, uno a otro lo pone en la prepaga más rica y no pasa nada, y si puede también después de las donaciones en vida lo instituye en heredero.
Tenemos que ir en busca de la solución de los derechos de aquellos homosexuales que como no tienen dinero suficiente no pueden brindarles el servicio de obra social a sus parejas. A veces ocurre que no se pueden pagar para ellos mismos una prepaga, y más todavía que no pueden incluir a la pareja porque lógicamente no son cónyuges. Y así también hay otros ejemplos, como ocurre con los derechos asistenciales, de pensión, etcétera.
Por eso, como yo digo, hay que hacer las cosas mejor, un poco más lindas –y empleo nuevamente esta palabra , porque creo que es la gran oportunidad de darle, incluso al homosexual, un estatuto jurídico que sea aun mejor que aquel del que gozan en este momento los casados argentinos.

Sra. Presidenta (Ibarra).- La doctora Lubertino también quiere hacer un comentario a partir de la pregunta del señor diputado Gorbacz.
Tiene la palabra la doctora Lubertino.

Sra. Lubertino.- Señora presidenta: a lo largo del debate los únicos argumentos contrarios que se vertieron son de carácter pretendidamente científico, de orden ideologicista o genético. Y no son nuevos, porque cada tanto aparecen en los periódicos argumentos pretendidamente científicos, de carácter ideologicista o genético, incluso explicando por qué las mujeres tenemos menos inteligencia que los varones o por qué los negros tienen menos inteligencia que los blancos. Hasta tuvimos un Premio Nobel de Estados Unidos haciendo investigaciones de este carácter, que mereció la sanción de parte de organismos internacionales de derechos humanos y de la comunidad científica plena. Esto ocurrió a pesar de que universidades de Estados Unidos llegan a razonamientos de estas características ambrosianas que pueden terminar en la justificación de cualquier genocidio.
En consecuencia, yo analizaría con mucho cuidado y detenimiento estos argumentos de carácter pretendidamente científico, porque además de que no lo son, envuelven razonamientos realmente preocupantes. Por lo menos así lo ha entendido el INADI cada vez que tuvo que abordar alguna bibliografía de estas características.
En segundo lugar, también ha habido argumentos surgidos de supuestas investigaciones que tienen que ver con la menor estabilidad o durabilidad del matrimonio o la procreación, considerada por el diputado Gorbacz.
En este sentido, me parece que también se está confundiendo al matrimonio, institución laica del derecho civil, con lo que significa para algunas religiones. Evidentemente, desde que existe, un matrimonio civil puede ser objeto de divorcio. La estabilidad o durabilidad de las parejas, no importa si son heterosexuales u homosexuales, no es una circunstancia a ser atendida a la hora de poner requisitos o condiciones para el matrimonio. En todo caso, son las personas las que deciden cuánto tiempo va a durar esta familia matrimonial y no hay ningún condicionamiento de tiempo.
Es más, recuerdo cuando en esta misma sala debatimos la ley de divorcio. Había quienes pretendían que no se permitiera el divorcio antes de un determinado período de tiempo de convivencia, obligando así a los cónyuges, aunque la unión ya no fuera eterna, a que por lo menos perdurara un tiempo.
Ese aspecto se discutió en el año 1987. Finalmente fue descartada la hipótesis de la durabilidad como condición o requisito necesario para el matrimonio.
Por último paso al tema de la procreación.
Es cierto que para algunas religiones la procreación es un determinante. Esto no lo es en el régimen del matrimonio laico, institución de derecho civil en la Argentina, porque si no las personas estériles no podrían casarse. Es más, creo que esto deviene de una confusión sobre la maternidad y la paternidad, considerándolas como una cuestión de carácter meramente biológico, sin tener en cuenta que aun las personas infértiles aunque la infertilidad no es una enfermedad- pueden recibir un determinado tratamiento o adoptar.
La voluntad o vocación de ser madre o padre es una cuestión de la subjetividad –luego los otros profesionales completarán el análisis. Hay personas que son madres o padres más allá del hecho natural del embarazo o de la imposibilidad de procrear en términos biológicos. Por lo tanto, lo normal se construye.
El INADI tiene que luchar todos los días contra las naturalizaciones de las discriminaciones y las normalidades. No es normal que en la fiesta del fútbol se castigue y discrimine a bolivianos y paraguayos; no es natural que se discrimine a una persona por su condición de homosexual.

Sra. Di Tullio.- Le solicitamos que por favor redondee su exposición.

Sra. Lubertino.- Precisamente porque hay parejas gays, lesbianas y homosexuales que tienen familias y matrimonios, nosotros no vamos a luchar por su normalidad. Su normalidad ya está, ya existe. Estamos luchando por la legalidad e igualdad de condiciones de esas familias y de esas parejas que son perfectamente normales. (Aplausos prolongados.)
Por eso hay un organismo del Estado que trata de trabajar contra la discriminación, para que cuando alguien castiga a estas personas en su normalidad y cotidianeidad en función de las normas que faltan, reciba las consecuencias que la ley y el Estado prevén. (Aplausos prolongados.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- ¿Algún otro señor diputado desea hacer uso de la palabra?

Sr. Cigogna.- Quería preguntar al doctor Grande, quien dijo ser miembro de una entidad científica cubana, cómo se reglamenta esta materia en Cuba.

Sr. Grande.- Efectivamente, fui designado miembro de honor de la Sociedad de Psiquiatría de Cuba.
Lo que decía María José Lubertino es así, es decir, no se considera patología de ninguna manera...

Sr. Cigogna.- Disculpe, la pregunta es si usted conoce la legislación cubana en esta materia y no su opinión sobre las expresiones de la señora Lubertino.

Sr. Grande.- Voy a ser concreto: la respuesta es no. (Aplausos.)

Sra. Di Tullio.- Tiene la palabra el señor diputado Morgado.

Sr. Morgado.- Realmente me parece muy interesante lo que podamos plantear dentro de este ámbito, especialmente sobre un tema tan fundamental como es la sexualidad. Me refiero a cómo modificamos y validamos nuestros discursos, cómo tipificamos nuestras cuestiones institucionales y cómo damos este sentido de verdad a determinados discursos en relación con la sexualidad.
Legitimamos prácticas sobre la base del respeto en relación con el tema.
Me gustaría aportar pequeñas cositas porque ya se habló mucho y bien.
Una de las personas que más se interiorizó y trabajó seriamente sobre el particular fue Michel Foucault. Hubo un gran hito en el análisis de la sexualidad a partir del estudio de la histeria de Freud como el desconocimiento del deseo.
En Occidente abrevamos esto y hablamos de un Código Civil que toma muchos aspectos del derecho romano. Justamente una de las características que señala Foucault en relación con la sexualidad en Occidente tiene que ver con una especie de “sobresaber” acerca del sexo, o sea, tratar de tener un criterio de verdad sobre el sexo. Esto a diferencia de Oriente, donde justamente se orienta hacia la profundidad de la intensidad del placer y no hacia el conocimiento y la legalidad del saber sobre el sexo.
Este planteamiento genera discursos, prácticas, leyes y básicamente una concepción sobre la homosexualidad.
Por otra parte quiero comentarles que hay un estudio que me parece fundamental sobre la historia de la sexualidad, que hace referencia a que cualquier elaboración de otredad en realidad implica la construcción de dispositivos de control sobre los cuerpos.
En consecuencia, de eso estamos hablando. Por ejemplo, un dispositivo de control sobre los cuerpos puede ser un discurso legitimado, saberes legitimados y también leyes sobre artículos de códigos. Justamente estamos tratando esa materia.
En esta reunión también se habló de las cuestiones naturales. A mi entender hay un gran desplazamiento de lo que incluye esta ideología de normalidad que estamos considerando. Me refiero específicamente al orden natural desplazado a las cuestiones sociales y culturales como si fuesen la misma cosa.
Yo puedo predecir un régimen pluvial, puedo predecir mareas, pero no es posible predecir con la misma rigurosidad cuestiones sociales porque la dinámica es absolutamente diferente al tratarse de construcciones colectivas.
En 1855 surge el concepto de normalidad relacionado con las situaciones sociales, con Canguilhem en Francia. Es la primera vez que se introduce un concepto de hombre normal, porque en realidad son dispositivos de control de poblaciones. Eso generó justamente este tipo de artículos. Fíjense que estamos hablando de 1855 y el Código Civil fue promulgado en 1871. Digamos que esa arbitrariedad cultural impone este tipo de miradas y la legitima con un discurso de saber que hoy está vigente. Me parece que tendríamos que hablar de ese punto, pero no voy a extenderme más.
Por otra parte quisiera formular una pregunta al señor Poveda. A veces pareciera que estamos hablando de discursos singulares –y me hubiese gustado tocar otros temas que podrían ser más interesantes- y que correspondería a otro debate el tema de la relación de alteridad como una lucha discursiva que tiene que ver con los procesos de distribución contra los reconocimientos culturales, que es un sistema realmente muy interesante. Estamos teniendo discusiones que prácticamente corresponden a otro siglo. Sucedió algo similar con el divorcio, donde hubo un gran encontronazo cultural, pero cuando se materializó, fue una modificación cultural y una eclosión que disminuyó rápidamente.
En consecuencia, quiero consultar al señor Poveda si este choque cultural ocurrió en España, si ahora esto es algo normal o si sigue teniendo este tipo de efervescencia en la discusión pública.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Le voy a ceder el uso de la palabra al señor Antonio Poveda, pero antes incluiré la pregunta que dejara planteada el señor diputado Alejandro Rossi, que se debió retirar, para que explique el régimen patrimonial del matrimonio en España.

Sr. Poveda.- En cuanto al choque cultural que hubo en la sociedad española cuando se aprobó la ley de matrimonio, sobre todo ahora, durante la tramitación y la aprobación, hubo un intento de crispación por parte de los sectores más ultraconservadores. Esa crispación no fue respondida por parte del colectivo que yo represento ni de las organizaciones de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales que teníamos claro que la nuestra era una cuestión de derechos humanos y que la sociedad española estaba preparada al respecto. De ahí en adelante, no ha vuelto a pasar.
Lo que sí estamos viendo es cómo cada vez más las familias monoparentales se están viendo representadas y están conquistando espacios que siempre debieron tener.
Estamos viendo cómo desde las series televisivas se incluye de vez en cuando con total normalidad a una pareja de dos mujeres que tienen un niño o una niña y ya nadie o muy poca gente se escandaliza por eso.
Quiere decir que en ese sentido existe esa normalidad. Pero el hecho de que se haya aprobado el matrimonio para las parejas del mismo sexo no quiere decir que la homofobia haya terminado. Yo creo que las mujeres que están aquí presentes lo saben muy bien: una cosa es la igualdad legal y otra cosa es la igualdad real o social.
Tenemos mucho por lo que trabajar y por lo que avanzar. Se pensaba que nuestro movimiento se iba a desintegrar una vez que se aprobara la ley de matrimonio, pero no ha sido así.
Estamos viendo cómo las familias y el tema del matrimonio se van integrando con normalidad. Como decía antes Pedro Zerolo, lo que estamos viendo es que los que más están cediendo a la figura del matrimonio son gays y lesbianas, que son gente más conservadora. Por lo tanto es una normalidad que estaría llegando a esos términos. Accedemos todos y todas, pero con una normalidad que la sociedad española a medida que va pasando el tiempo tiene más incorporada.
En cuanto al régimen patrimonial, se ha aprobado la ley de matrimonio, que no es una ley de matrimonio homosexual: allá donde decía “marido y mujer” se ha cambiado por “cónyuge” y mantiene las mismas características, todos los derechos y todas las obligaciones. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Le damos el uso de la palabra a la presidenta de la Fundación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales, María Rachid.
Después vamos cerrando para ordenar cómo continúa el debate del tema.

Sra. Rachid.- En primer lugar quería comentarles que no hablé hoy porque ya expuse el martes pasado. Digo esto porque me están enviando mensajes de texto haciéndome esta pregunta.
Simplemente quería contestar a la pregunta del señor diputado que le preocupaba la realidad cubana. Más allá de la opinión que uno tenga del gobierno de Cuba, la señora Mariela Castro estuvo el año pasado acá y en el INADI, enviada por los funcionarios del gobierno de Cuba que se ocupan de los temas de libertad sexual.
Mariela Castro es hija de Raúl Castro. Comparto lo que ella expresó acerca de que el gobierno de Cuba lamentaba no haber podido equiparar los derechos de gays, lesbianas, transexuales y trans, sin embargo su preocupación es lograrlo en el futuro. Quería compartir eso con ustedes.
Asimismo quiero aprovechar la oportunidad, aunque suene medio extraño, de decirle a mi hermano, que está presente en la sala –tengo tres hermanos, dos mujeres y un varón , que es mi hermano preferido, a pesar de que soy una lesbiana que odia a los hombres. (Aplausos.)
Finalmente quiero pedir disculpas –si lloro es porque soy llorona y no por otra cosa , porque es legítimo el dolor y la bronca que ustedes sienten, que nosotros sentimos y que seguramente sintieron muchos diputados y diputadas. Y aunque esto vaya en contra de todo lo que pienso y siento, quiero pedirles que no reaccionen.
No está bien no reaccionar ante el dolor y la bronca de ser discriminados y discriminadas como lo fuimos hoy en esta sala. Ninguna sociedad plantearía al pueblo judío que discuta una ley de negación del Holocausto escuchando las voces de grupos antisemitas. (Aplausos.)
Entonces, pido disculpas por estar solicitando que no gritemos, que no reaccionemos ante la discriminación y la violencia. Y a la vez les pido que entiendan que se trata de una cuestión estratégica que estoy segura que comparten las diputadas, quienes pidieron que no reaccionemos ante esos argumentos. Ellas también comparten que es por una cuestión estratégica que tenemos que estar presentes escuchando estas expresiones que dentro de unos años van a ser consideradas aberrantes.

Sra. Asistente.- ¿Entonces no hay espacio para la opinión del otro?

Sra. Presidenta (Ibarra).- No vamos a permitir esto de ninguna manera.
- Varios señores asistentes hablan a la vez.
Sra. Rachid.- Espero que en la marcha del orgullo de este sábado, a la que seguramente asistiremos muchas más que las 40 mil personas que fuimos el año pasado, estemos celebrando la emisión de dictamen a favor de la ley de matrimonio y la equiparación de derechos para las parejas del mismo sexo.
Y no digo nada más porque sinceramente, desde lo más profundo de mi corazón, creo que los mejores argumentos a favor de una ley que equipare nuestros derechos los dieron quienes están en contra. (Aplausos.)

Sra. Presidenta (Ibarra).- Por favor, hasta aquí hemos llevado la reunión en el mejor de los términos.
Manifestaciones en el público asistente.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Pido por favor a los presentes que evitemos cualquier forma de provocación.
Manifestaciones en el público asistente.
Sra. Participante.- ¡La provocación la hizo la imparcialidad de la Presidencia, que no ha dejado hablar como corresponde!
- Manifestaciones en el público asistente.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Voy a pedir a la gente que grita que abandone la sala, ya que no podemos escucharnos ni ser escuchados.
Señora: usted no es diputada ni ha sido invitada a intervenir. Si no puede escuchar en pluralidad y respeto, como lo hemos venido haciendo hasta recién, le pido por favor que se retire de la sala.
Agradecemos a María Rachid por su intervención. Vamos a continuar el debate entre diputadas y diputados a partir de la próxima semana, porque en definitiva nuestra representación nos exige que fijemos postura, decidamos si vamos a emitir dictamen o no y si vamos a conseguir debatir la norma en el recinto.
Si llegamos con mayoría a emitir dictamen y tenemos la posibilidad de debatirlo en el recinto -como corresponde hacerlo en democracia-, podremos lograr la sanción de esta norma en la Cámara de Diputados. En caso de no reunir las firmas suficientes, al menos lo habremos intentado. Trataremos de poner cada una de las firmas del dictamen y allí veremos si estamos en condiciones o no de sancionar esta norma.
Por otra parte, voy a decir algo muy brevemente, ya que no he intervenido hasta el momento pese a ser autora de uno de los proyectos , a fin de poder presidir la reunión. Sí hizo uso de la palabra la señora diputada Augsburger, autora de la otra iniciativa al respecto.
Quería decir dos o tres cosas antes de cerrar. Le decía a Antonio que para mí no es un gran mérito personal defender este proyecto que he presentado porque yo fui criada en una familia que me educó en una profunda libertad.
A mí siempre me enseñaron que el proyecto de vida y la posibilidad de planificarla era algo muy digno de respetar y proteger; que esa idea de que cada uno pueda proyectar su vida y desarrollarse conforme a sus elecciones y orientaciones es algo valioso; que los límites, en todo caso, eran siempre los derechos de los demás, y que la construcción se hacía básicamente en función de valores.
Así como mis padres han sido muy abiertos al enseñarme a respetar la libertad, las ideas y diversidades ajenas, también han sido muy estrictos en que esa diversidad se construye sobre valores de igualdad, respeto, dignidad y justicia. En eso he recibido una educación muy firme.
Más allá de que hay gente a la cual esto no le parece bien -y tiene todo el derecho a opinar diferente-, escuchaba recién los aplausos que recibía María Rachid, que decía que hoy es un día en que mucha gente aplaude.
Sin embargo, uno va salir de la sala y las leyes todavía no estarán protegiendo y acompañando la realidad social. Además, tenemos que entender que los derechos y obligaciones deben ser iguales, así como los nombres de las instituciones.
Recién recordaba cuando estuve en España y visité un balneario muy conocido llamado Singer, al que acude muchísima gente de la comunidad sexual. Allí escuché decir a un turista: “¡Qué maravilloso llegar a un lugar donde se los ve libres, donde se pueden abrazar y se pueden besar! ¡Qué maravilloso que exista un lugar así!” Y una persona que estaba ahí mismo se dio vuelta y le dijo: “No es maravilloso; así debería ser el mundo. Lo terrible es que tengamos que venir a este lugar para sentirnos libres.”
Yo creo que el sentido de estas normas, las expresiones y la fundamentación jurídica están en los proyectos de ley. De todos modos, entiendo que el sentido tiene que ver con la idea de poder encontrarnos en igualdad, respetando los proyectos de vida de cada uno, que no son contra nadie sino a favor de uno mismo. Además esos proyectos pueden llegar a todos en iguales condiciones porque todos somos iguales.
No es que decimos que somos unos y otros. Todos somos personas que accedemos con los mismos derechos; por lo tanto, deben tener los mismos nombres.
Tenemos que vivir la vida que elegimos: algunos, divorciados; otros, casados; otros, que se volvieron a casar; otros, con hijos de un lado e hijos del otro; otros, que deciden no casarse; otros, que se casan entre personas del mismo sexo; otros, que tienen hijos; otros, que deciden no tenerlos; otros, que lo logran por inseminación artificial, y otros, que adoptan. Los planes de vida son múltiples y plurales, y en ese sentido yo quise interpretar este debate.
Por otra parte, considero que a veces es doloroso escuchar lo que piensa alguna gente. Quiero ser clara. Creo que debe ser muy difícil escuchar que digan que uno es desviado, enfermo o que tiene tendencia a la violencia por su orientación sexual. Esas son cosas muy duras para escuchar y que exigen mucha tolerancia.
Asimismo quiero señalar que el Parlamento argentino está integrado por hombres y mujeres que abarcan una pluralidad de ideas y que fueron elegidos por la gente. Y todas las personas que expusieron en la reunión de hoy académicos y profesores con sus respectivos títulos fueron propuestos por diputados y diputadas. Eso también quiero aclararlo específicamente.
Por otra parte quiero comentarles que yo sí me manifesté en la campaña electoral. Yo era candidata y a la vez siendo senadora presenté el proyecto de matrimonio, precisamente para asumir mi compromiso en materia electoral. Y lo hice porque entiendo que en materia de derechos siempre tenemos que decir qué pensamos. Esto es como en todas las cosas, porque si uno no lo dice, después nos desayunamos con que la persona a la cual votamos no cumple las expectativas que teníamos. Por eso es muy bueno decir a favor de qué y en contra de qué está cada uno. Me refiero a qué es lo que uno no haría en ninguna circunstancia y que sí haría.
Finalmente quiero comentarles que algunos bloques solicitaron debatir este tema internamente. Habiéndose abierto esta discusión para lograr los consensos necesarios para emitir dictamen y tratar el tema en el recinto, quiero comentarles que en este momento no contamos con el quórum suficiente. Las presidencias de las comisiones tenemos voluntad de emitir dictamen, pero no sabemos si lograremos contar con las firmas suficientes.
Pero hay voluntad; no venimos sólo a discutir y a decir que salga algo en los diarios. Venimos con voluntad de cambiar la realidad. Veremos si logramos los consensos y las firmas, pero la semana que viene vamos a intentar emitir dictamen en esta comisión.

Sr. Cigogna.- Todavía no hemos empezado el debate. Acá estamos para escuchar opiniones.

Sra. Presidenta (Ibarra).- No se enoje conmigo.

Sr. Cigogna.- No. Lo digo simplemente para que la gente no se confunda.

Sra. Presidenta (Ibarra).- Precisamente los diputados y las diputadas podemos debatirlo en los bloques. Reitero que hay vocación de emitir dictamen.
-Varios señores diputados hablan a la vez.
Sra. Presidenta (Ibarra).- Soy presidenta de la comisión; yo sugiero un proyecto de ley para que se trate y lo pongo a discusión con la vocación de emitir dictamen.
Quiero decir que si llamo a debate de diputados y diputadas para la semana que viene es con la vocación de emitir dictamen. Si conseguimos la firma lo emitimos, y si no conseguimos la firma no lo emitimos.
Quería finalizar comentándoles que seguramente el momento más emotivo que tuve en mi historia como legisladora –fui seis años senadora, dos años diputada y un año legisladora de la ciudad fue cuando se votaron las leyes de obediencia debida y de punto final. Pude ser partícipe de ese debate, un debate trascendente en materia de derechos humanos. Pude levantar mi mano y votar para que se terminara la impunidad en la Argentina, por lo menos para poder avanzar en los juicios por el terrorismo de Estado.
Esto se hizo gracias a una lucha histórica de todo un pueblo y se hizo sin duda con la lucha pionera y vanguardista de los organismos de derechos humanos. Además, se llegó al recinto por la voluntad política de un presidente que decidió poner el debate de las leyes de impunidad para que se derogaran y se pudiera investigar.
Creo que es muy importante la voluntad política para poder llevar adelante los debates. Por tal motivo, como somos representantes del pueblo, porque tenemos voluntad política para fijar posición, pido la mayor voluntad política para llegar con definiciones el martes que viene, por sí o por no, pero para llegar cada uno con su posición política frente a este tema de debate.
Para el martes que viene a las 11 horas dejamos planteada la convocatoria de diputadas y diputados en forma plenaria de las dos comisiones.
Muchas gracias y damos por finalizada la reunión. (Aplausos.)
- Es la hora 2 y 58.